El autoconsumo fotovoltaico genera electricidad en tu propia vivienda a partir de la luz solar, reduciendo lo que compras a la red. En Tenerife, con Enaro comparas presupuestos reales de varios instaladores de tu zona en un solo sitio, sin coste ni compromiso.
Pedir presupuesto de placas solares en TenerifeÚltima actualización: 7 de septiembre de 2026
Una instalación fotovoltaica residencial de 2,5 a 7,5 kWp se mueve en Tenerife entre 5.000 € y 12.500 € llave en mano, antes de bonificaciones municipales. Ninguna de las tres fuentes precisa si sus cifras incluyen batería, igual que ninguna dice si llevan el impuesto dentro: por eso el rango sirve para detectar una oferta fuera de mercado, no para presupuestar.
Esa horquilla es la más floja que hemos publicado en una página de ciudad y preferimos avisarte antes de que la uses. La sostienen tres referencias: un distribuidor nacional que sí desglosa por potencia pero no tiene actividad física en la isla, un instalador con nave en el sur que da un rango medio sin decir a qué tamaño corresponde, y una tercera empresa con dirección aquí que solo aporta un punto suelto. En Mallorca, por comparar con otra página nuestra, las dos fuentes eran instaladores con CIF publicado que tarifaban por kilovatio pico y declaraban el impuesto, lo que permitió homogeneizarlas antes de compararlas. Aquí no se ha podido.
Y hay una pregunta que en el archipiélago no se puede despachar como en el resto de España: ninguna de las tres dice si su cifra lleva el tributo dentro. Conviene subrayar cuál es, porque aquí no se paga IVA. El impuesto indirecto de las islas es el IGIC y su tipo general es el 7 %. Pide que el presupuesto lo separe en una línea propia; sin eso, dos ofertas del mismo tamaño se separan por el 7 % del importe únicamente por dónde han colocado el tributo.
Ese mismo detalle invalida una comparación que mucha gente hace de buena fe: mirar lo que cuesta una instalación en la Península y darla por válida aquí. Los tipos generales son el 7 % en Canarias y el 21 % en el continente, catorce puntos de distancia. Si a una obra peninsular concreta le correspondiera un tipo de IVA distinto del general, la brecha sería otra, y eso no lo hemos comprobado: lo que sí es seguro es que dos cifras solo son comparables si sabes cuál lleva impuesto y cuál no.
Con la misma potencia sobre la mesa, lo que separa dos presupuestos aquí es la distancia del tejado al cuadro, si la cubierta es transitable, si hay que ampliar potencia contratada y una variable que en la Península sencillamente no existe: el transporte del material hasta la isla. Una de las tres fuentes dice incluirlo en su precio; ninguna dice cuánto pesa. El reparto interno de una instalación —equipos, estructura, mano de obra, legalización— lo desglosa nuestro análisis nacional de precios, que es justo la referencia a la que conviene volver cuando el dato local flojea, como pasa aquí. Para tu caso concreto, pide presupuesto y pon unas ofertas frente a otras.
| Tamaño de la instalación | Precio orientativo en Tenerife | Sobre qué se apoya |
|---|---|---|
| 2,5-3,5 kWp (consumo bajo) | 5.000 € – 7.000 € | Tramo de la única fuente que desglosa por potencia; su techo coincide con el techo del rango que publica el instalador de la isla |
| 4,0-5,5 kWp (el caso más habitual) | 7.500 € – 10.000 € | Mismo tramo publicado por esa fuente; el punto suelto de la tercera referencia, 8.000 €, cae dentro |
| 6,0-7,5 kWp | 10.000 € – 12.500 € | Misma fuente de tramos, sin ninguna corroboración independiente para este tamaño |
| Más de 8 kWp | No publicamos rango | Una única referencia para ese tamaño; con una sola fuente no se triangula nada |
Rellenas un único formulario, los instaladores de tu zona preparan su presupuesto sin tener tu teléfono, y solo el que elijas acaba recibiendo tu contacto.
Lo normal cuando dejas tu número en tres webs es que lo primero que llegue sean tres llamadas y lo último, si llega, una cifra. Aquí el orden está invertido a propósito: las ofertas llegan comparadas, y el contacto se libera al final y solo al ganador.
Lo que no vamos a hacer es decirte cuál es «la mejor empresa» de tu zona. Sin ver tu vivienda, un ranking así es una opinión con un patrocinador detrás; lo útil es que compares ofertas reales hechas sobre tus mismos datos.
Un solo formulario con los datos de tu vivienda y lo que quieres hacer. No hay que repetirlo en cada web.
Reciben lo que necesitan para presupuestar, pero no tu teléfono ni tu email. Suben su propuesta a la plataforma.
Un único correo con un enlace propio, y las propuestas unas al lado de otras en vez de sueltas y en tres formatos distintos.
El instalador que elijas recibe tu contacto. Los que no elijas no lo reciben en ningún momento.
Vale la pena explicar por qué esto encaja tan bien en esta búsqueda concreta. Quien teclea «placas solares Tenerife» se encuentra las tres primeras posiciones de la pantalla ocupadas por fichas de mapa, y doce en total sembradas a lo largo del resultado. Entre los diez enlaces orgánicos hay seis portadas corporativas, tres tiendas y un directorio: solo uno de esos diez es un texto escrito para responder a la pregunta. El método que queda es abrir pestañas y descolgar el teléfono once veces.
Existe además una ventaja que solo se activa cerrando el trato por aquí: la red de Enaro obliga a sus instaladores a rebajar un 3 % la oferta que el cliente acepta dentro de la plataforma. Sobre los 8.500 € de una instalación intermedia en la isla, unos 255 €. Las condiciones, en el descuento de Enaro.
Y conviene traer una potencia orientativa ya pensada, porque es lo único que vuelve comparables dos ofertas. Nuestra calculadora de placas solares arranca de la irradiación que corresponde a tu coordenada exacta —en esta isla, ya lo verás, eso no es un tecnicismo— y deja sus supuestos a la vista. Con un número propio en la cabeza salta a los ojos cuál de dos presupuestos casi iguales está dimensionando otra cosa. Con eso hecho, pide tu presupuesto.
Santa Cruz de Tenerife recibe 2.209,65 kWh/m² al año y Puerto de la Cruz 1.787,36, medidos igual y separados por 29,5 km: un 23,6 % de diferencia dentro de la misma isla.
Conviene dimensionar lo que significa. La capital supera a Sevilla, que era hasta ahora el punto más soleado de las ocho ciudades que este sitio había medido; Puerto de la Cruz queda por debajo de Barcelona, que era el más bajo. Los dos extremos del ranking están en el mismo trozo de tierra, y entre ellos no hay ni treinta kilómetros en línea recta.
La explicación intuitiva de una diferencia así, en una isla con un pico de 3.715 metros, es la sombra del Teide. La medimos antes de escribirla, y no es eso. Cinco de los puntos se consultaron dos veces, con el relieve activado y desactivado, y lo que separa a las dos consultas es lo único atribuible al terreno: 0,10 % en Santa Cruz de Tenerife, 0,29 % en Los Cristianos y en Adeje, 1,21 % en Puerto de la Cruz y 1,22 % en La Orotava, en el mismo valle. Propagando esas diferencias sobre la brecha, el relieve explica en torno a 1,4 puntos de los 23,6. Lo que queda —más de veintidós puntos— es sencillamente radiación que no llega, y en una isla donde el alisio tapa la vertiente norte con una regularidad que cualquiera que viva aquí reconoce, la lectura se cae por su propio peso. Podemos afirmar que la causa no es el relieve, porque lo hemos aislado; describir el mecanismo meteorológico con detalle sería ir más allá de lo que da un modelo de radiación, y no lo vamos a hacer.
Hay además una simplificación que circula y que estos mismos números desmienten: no es que el sur produzca y el norte no. La Laguna está en la vertiente norte, a 557 metros de altitud, y sale casi igual que la capital. Adeje está en el sur y sale por debajo de las dos. Lo que separa a Puerto de la Cruz no es estar al norte: es estar exactamente donde está.
Y ya que en esta búsqueda circulan cifras de sol, la oficial: 2.913 horas al año en la estación de la capital, según los valores climatológicos normales de AEMET para el periodo 1981-2010. Uno de los resultados mejor posicionados publica 2.950 horas y un «+38 % de irradiación» sin decir de dónde salen ni respecto a qué. Nosotros también corregimos aquí una cifra propia: en nuestra página de aerotermia de la isla recogimos «unas 2.800 horas» como declaración comercial de un instalador, marcada entonces como no verificada. La verificada es 2.913. Y el límite de la nuestra, que también toca decirlo: es la estación de Santa Cruz, no la isla. Después de ver lo que sale en Puerto de la Cruz, extrapolarla a Tenerife entero sería justo el error que esta sección desmonta.
La consecuencia práctica es incómoda para el sector y la decimos igual: en Tenerife, «cuánto produce una instalación» no tiene una sola respuesta. Un presupuesto que no diga desde qué coordenada ha calculado la producción no se puede poner al lado de otro, porque puede que no estén hablando del mismo cielo. Es la primera pregunta que haríamos, y la que conviene llevar hecha cuando pidas presupuesto.
| Punto medido | Altitud | Irradiación anual (kWh/m²) | Producción (kWh/kWp) |
|---|---|---|---|
| Santa Cruz de Tenerife | 17 m | 2.209,65 | 1.749,49 |
| La Laguna | 557 m | 2.193,64 | 1.735,60 |
| Los Cristianos (Arona) | 17 m | 2.191,35 | 1.701,81 |
| Granadilla de Abona | 640 m | 2.187,69 | 1.685,52 |
| Adeje | 280 m | 2.062,91 | 1.626,91 |
| Puerto de la Cruz | 43 m | 1.787,36 | 1.417,01 |

Cada kWp genera 1.749,49 kWh al año en Santa Cruz de Tenerife y 1.417,01 en Puerto de la Cruz. Sobre 5 kWp son 8.747 kWh frente a 7.085: 1.662 kWh de diferencia cada año.
Traducido a los tamaños de la horquilla de precio de más arriba: una instalación de 3 kWp genera unos 5.248 kWh anuales en la capital y unos 4.251 en Puerto de la Cruz. Es multiplicación pura sobre la cifra de PVGIS, sin añadir ninguna hipótesis por nuestra parte, y precisamente por eso no es una promesa: lo que acabe generando tu cubierta depende de su inclinación, de su orientación y de lo que tenga delante.
El reparto a lo largo del año dice algo que no se ve en la Península. El mes más flojo en la capital, noviembre, rinde 122,4 kWh por kWp; el mejor, agosto, 167,3. El máximo es solo 1,37 veces el mínimo. Ese mismo cociente es 1,53 en Alicante, 1,71 en Mallorca y 1,84 en Zaragoza: de las cuatro ciudades del sitio cuyo reparto mensual tenemos publicado, esta es con diferencia la más plana. Un dato para calibrarlo: diciembre rinde aquí 123,0 kWh por kWp, mientras que en Zaragoza se queda en 91,81.
Y lo que de verdad conviene llevarse de esta sección: la producción estimada de un presupuesto no es un detalle técnico, es la única forma de comparar dos ofertas de la misma potencia. Dos empresas pueden proponerte los mismos kilovatios pico y anticipar generaciones distintas, porque un mismo tejado admite varias maneras de repartir las filas y cada reparto convive de otro modo con las sombras. En esta isla se añade encima una segunda variable que en Madrid no existe: puede que ni siquiera estén calculando sobre el mismo cielo.
Falta la pregunta que todo el mundo hace a continuación: en cuántos años se paga sola. No damos un número, y aquí el motivo es más fuerte que en cualquier otra página del sitio. Una amortización necesita tres cosas: cuánto produce la instalación, qué parte consumes en el momento en que se genera, y a cuánto te sale el kilovatio hora. La primera acabamos de ver que en Tenerife no tiene un solo valor —entre la capital y Puerto de la Cruz hay un 23,5 %—, la segunda depende de los horarios de tu casa y no de tu isla, y la tercera va en tu contrato. Cualquiera que publique un número redondo para «Tenerife» está eligiendo una coordenada sin decírtelo. Si quieres una estimación con tus datos, la calculadora de placas solares la hace con tu consumo y con la irradiación de tu coordenada exacta, no con una media de la isla.
| Mes | kWh por cada kWp en Santa Cruz de Tenerife |
|---|---|
| Enero | 129,6 |
| Febrero | 126,5 |
| Marzo | 154,8 |
| Abril | 154,3 |
| Mayo | 155,7 |
| Junio | 152,2 |
| Julio | 165,8 |
| Agosto | 167,3 |
| Septiembre | 154,9 |
| Octubre | 143,1 |
| Noviembre | 122,4 |
| Diciembre | 123,0 |
Una instalación solar en Santa Cruz de Tenerife paga IGIC al 7 % en lugar de IVA, tiene el 90 % del impuesto de obras bonificado y da derecho al 50 % del IBI durante cinco años.
Empecemos por el número que más circula y que no se sostiene. El primer resultado orgánico de esta búsqueda afirma que en Canarias la compra e instalación de sistemas fotovoltaicos para vivienda lleva «IGIC al 0 %», sin citar ninguna norma. Fuimos al texto refundido vigente del impuesto —el aprobado por el Decreto Legislativo 1/2025, publicado en el Boletín Oficial de Canarias el 20 de octubre de 2025— y buscamos sobre sus 252.803 caracteres los términos «fotovolt», «renovable», «autoconsumo», «placas» y «panel»: cero coincidencias de cada uno. «Solar» aparece cinco veces y ninguna es energía; cuatro son solares como parcela de terreno y la quinta, «preparaciones antisolares». En el texto vigente no existe ningún tipo especial para la fotovoltaica.
También circula un tipo reducido del 5 % «para vivienda», y tampoco alcanza a una instalación. Hay dos vías de 5 % en la ley y las dos se leen en una frase. El artículo 35, titulado «tipo de gravamen reducido», es literalmente y en exclusiva para «las entregas de bebidas refrescantes con un contenido de azúcar añadido inferior o igual a 5 gramos por 100 mililitros»: eso es todo el artículo. Y el 38.Cuatro.1 aplica el 5 % a la entrega de viviendas que vayan a ser la habitual del comprador con base imponible de hasta 200.000 €, que es comprar una casa y no contratar una obra en la que ya vives.
Así que lo aplicable es el tipo general del 7 % del artículo 32.1, por su carácter residual: cubre todo lo que no esté expresamente en otro tipo. Y el límite de nuestra comprobación, que también toca decirlo: al extraer el PDF oficial se perdió parte del articulado en lista del artículo 38, así que lo sólido es la búsqueda de términos sobre el texto completo —inmune al formato de lista— y el artículo 35, que sí leímos entero. Para un caso concreto la respuesta vinculante es una consulta a la Agencia Tributaria Canaria, no una página web, ni la nuestra ni ninguna otra.
Con el impuesto de obras pasa algo curioso, y es el hallazgo propio de esta página. El artículo 7 bis.2 de la ordenanza acota su bonificación del 90 % a la «partida de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar», y lo hace «exclusivamente»: no alcanza al resto de la obra. Lo eléctrico, por tanto, entra por su propio nombre. Y la condición de que los colectores estén homologados está redactada para «las instalaciones para producción de calor», es decir, ata a la solar térmica, que es la que produce ese calor, y no a un panel fotovoltaico. Es el mismo artículo que en nuestra página de aerotermia de la isla hubo que contar al revés: una bomba de calor aerotérmica no capta nada del sol y se queda fuera. Misma ordenanza, mismo artículo, conclusión opuesta según la tecnología.
Por ahí se lee también un 95 %, y viene de otro sitio. Ese artículo 7 bis tiene cinco apartados y cada porcentaje pertenece a un supuesto: el .2 es el 90 % de la energía solar; el .3 baja al 50 % o al 30 % para vivienda protegida; el .4 es el 90 % de accesibilidad; y el .5 es el 95 % de las obras declaradas de especial interés o utilidad municipal. Ese último es el que se ve mal atribuido a las placas, y una instalación doméstica no encaja en él. La propia ordenanza añade que las bonificaciones no son acumulables entre sí en ningún caso.
La del IBI es la más golosa y la que más letra pequeña tiene. El artículo 5 TER reconoce el 50 % de la cuota íntegra a las viviendas donde se haya instalado un sistema para aprovechar la energía del sol en autoconsumo, sea «térmico o eléctrico» —la fotovoltaica, otra vez, dentro—, con cuatro condiciones que casi nadie publica: dura cinco años y no es renovable; solo vale si la instalación es voluntaria y no la que exige el Código Técnico de la Edificación; empieza a contar en el periodo impositivo posterior a aquel en que la pides, de modo que el año de la obra no lo notas; y exige que las instalaciones «constituyan la fuente principal de suministro de energía de la vivienda». Esa última es la más restrictiva de todo el artículo, la ordenanza no aclara cómo se acredita, y es la que puede dejar fuera un autoconsumo pequeño. Pregúntalo en el Ayuntamiento antes de contar con ese dinero.
Sobre subvenciones, la respuesta a septiembre de 2026 es corta: no hay ninguna convocatoria autonómica canaria abierta a nuevas solicitudes de particulares para fotovoltaica. La de generación en espacios antropizados cerró el 2 de diciembre de 2024, con una reapertura excepcional de diez días hábiles en junio de 2025; las del Real Decreto 477/2021 se acabaron el 31 de diciembre de 2023 por el calendario estatal; y la orden autonómica de generación renovable y autoconsumo de 2025 agotó su plazo aquel julio. En la sede del Gobierno de Canarias el trámite de incentivos al autoconsumo sigue apareciendo con fechas abiertas, pero únicamente para presentar la justificación de ayudas ya concedidas: el plazo de solicitud está cerrado.
Merece la pena decirlo con nombre y fecha porque en esta misma búsqueda hay quien vende lo contrario. Un resultado anuncia en su propio título «subvención hasta 60 %» sin decir de qué convocatoria, de qué organismo ni con qué plazo, y su guía de ayudas se titula con el año 2024. Otra se presenta como la «nueva» subvención: abrió en abril de 2025, duró tres meses o hasta agotar fondos, y ni siquiera entonces alcanzaba al autoconsumo individual de una vivienda unifamiliar, que es quien está leyendo esto. Lo que hay hoy en Tenerife es fiscalidad, no subvención, y la fiscalidad tiene una ventaja: no cierra plazo. El estado de las ayudas comunidad por comunidad lo mantenemos actualizado en subvenciones para placas solares. Y de la deducción estatal del IRPF ligada a las obras que mejoran la eficiencia energética tampoco publicamos porcentaje: sus condiciones y sus tramos se han movido entre ejercicios, así que la cifra buena es la que publique la Agencia Tributaria del año en que declares.
No lo hemos podido verificar con fuente oficial y preferimos decirlo: la ficha municipal distingue licencia, declaración responsable y comunicación previa, pero no publica qué actuación concreta corresponde a cada vía.
Lo que sí está confirmado por fuente primaria, y es útil, es que el trámite existe y tiene nombre propio: hay un «título habilitante concedido por la Gerencia Municipal de Urbanismo para la instalación de paneles solares», porque la propia ordenanza fiscal del IBI lo admite como uno de los documentos válidos para pedir la bonificación. Y una segunda cosa que evita una sorpresa: el impuesto de obras se devenga igual en los tres regímenes —con licencia, con declaración responsable o con comunicación previa—, según el artículo 2.2 de su ordenanza, y se exige en autoliquidación. Que el trámite sea el más ligero de los tres no te libra del tributo.
En lo eléctrico manda una norma estatal que no se modifica por vivir en un archipiélago: el Real Decreto 244/2019, con procedimiento simplificado por debajo de los 15 kW y con la compensación de excedentes en su modalidad simplificada. Una precisión honesta antes de que alguien la dé por hecha: no hemos comprobado si ese real decreto contiene alguna especialidad para Canarias, así que no afirmamos que aquí se aplique exactamente igual que en la Península. Para Baleares sí hicimos esa búsqueda y salió limpia, pero Canarias tiene régimen económico y fiscal propio y la analogía no basta.
Hay además un caso que conviene mirar antes de firmar nada: el casco histórico de San Cristóbal de La Laguna. Intentamos localizar su plan especial de protección y su ordenanza municipal y no lo conseguimos, así que no afirmamos nada sobre restricciones a los paneles visibles allí. Lo mencionamos precisamente porque ninguna de las diez páginas mejor posicionadas lo menciona: si tu vivienda está en un conjunto protegido, esa pregunta va antes que el presupuesto y no después.
Y una contradicción del propio Top 10 que te toca resolver a ti: dos de las páginas mejor posicionadas para esta búsqueda dicen cosas distintas sobre el trámite. Una habla de licencia municipal con proyecto técnico; otra, de que basta una declaración responsable. Ninguna acota en qué supuesto se aplica cada cosa. Antes de comparar precios, pregunta a cada instalador qué trámite va a presentar en tu caso concreto, si lo presenta él y si va cobrado aparte: ahí está buena parte de la diferencia entre dos presupuestos que parecían iguales.

Sí. Cubren parte de lo que gastas mientras hay sol, el resto lo sigues comprando a la red, y lo que sobra se descuenta en la factura en vez de pagarse aparte.
La compensación simplificada tiene un tope que conviene entender antes de dimensionar nada: en un mes puede llegar a dejar a cero el término de energía, pero nunca lo deja en negativo. El término de potencia, los peajes y los impuestos se pagan igual, produzcas lo que produzcas. Por eso sobredimensionar una instalación para «vender» el sobrante rara vez sale a cuenta, y por eso la pregunta útil no es cuánta energía vas a generar, sino cuánta vas a estar consumiendo en el momento en que la generas.
Y una idea que circula por aquí y no se sostiene: que las placas compensan más porque en Canarias la luz sea más cara. No lo es. El sistema eléctrico canario está aislado del peninsular y generar cuesta más, pero ese sobrecoste no lo paga el consumidor en su recibo: se compensa para que el precio regulado sea el mismo en toda España. Lo desarrollamos en nuestra página de aerotermia de la isla. Lo que cambia aquí no es lo que vale el kilovatio hora que dejas de comprar, es cuántos dejas de comprar.
El desnivel entre el mejor mes y el peor es aquí de 1,37 veces, por debajo del 1,53 de Alicante, el 1,71 de Mallorca y el 1,84 de Zaragoza. Eso cambia el planteamiento de una batería.
En una ciudad con invierno marcado, la batería se justifica muchas veces por lo mal repartido que está el año: hay un tramo largo en el que casi no produces y todo lo que puedas guardar vale. Aquí ese tramo no existe con la misma severidad. Noviembre, el mes más flojo de la capital, rinde 122,4 kWh por kWp, y agosto, el mejor, 167,3; en Zaragoza el cociente entre extremos es 1,84 y en Mallorca 1,71. El año, en Santa Cruz de Tenerife, es bastante parejo.
Eso no significa que la batería sobre: significa que la pregunta se desplaza. Si el año está repartido, lo que decide es el día. Cuánta de la energía que generas al mediodía la estás consumiendo en ese momento y cuánta se va a la red. Y eso no lo marca la isla, lo marcan tus horarios: una casa vacía de nueve a seis tiene un problema distinto del de una casa con alguien dentro todo el día, y ninguna irradiación arregla eso.
Lo que no vamos a hacer es decirte cuántos kilovatios hora de batería te convienen. Depende del perfil horario de tu vivienda, y una cifra genérica en una página de ciudad sería un número inventado con buena presentación. Si te estás planteando el paso, la guía de decisión completa está en baterías para placas solares; y para tu caso concreto, pide presupuesto y exige que cada oferta diga con qué consumo diario ha dimensionado la suya.
En Tenerife la aerotermia no viene a jubilar una caldera: viene a jubilar el termo eléctrico. Eso convierte la combinación con placas solares en algo distinto de lo que es en la Península.
En una vivienda peninsular el argumento de juntar las dos cosas es la calefacción: electrificas el calor y lo alimentas con tu propia generación. Aquí la calefacción es marginal, y el consumo que de verdad pesa es el agua caliente sanitaria, hoy casi siempre resuelta con un termo eléctrico —así lo documentamos al investigar la aerotermia en Tenerife—. Cambiar ese termo por una bomba de calor reduce el consumo de ese servicio, y las placas cubren parte de lo que queda mientras hay sol, que es precisamente cuando el termo se puede programar.
Y hay un detalle fiscal que solo se ve poniendo las dos páginas una al lado de otra: la misma ordenanza municipal trata las dos tecnologías de forma opuesta. El artículo 7 bis.2 del impuesto de obras bonifica el 90 % de la partida de aprovechamiento solar, así que las placas entran y la bomba de calor no. Si vas a hacer las dos cosas en la misma obra, exige que el presupuesto separe las partidas: la bonificación se aplica solo sobre la solar y, sin ese desglose, el Ayuntamiento no la concede.
Si quieres ver la otra mitad del problema —cuánto cuesta aquí una aerotermia, por qué la zona climática de Canarias es un caso aparte y qué dice la ordenanza sobre dónde puede ir la unidad exterior—, está en esa página. Y si estás valorando las dos a la vez, la calculadora de aerotermia y placas solares las dimensiona juntas.

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Entre 5.000 € y 12.500 € llave en mano para instalaciones de 2,5 a 7,5 kWp, según las tres fuentes locales que hemos podido triangular. Ninguna de ellas declara si su cifra incluye el IGIC, así que sirve para situarte y no para presupuestar.
Depende de la potencia de cada módulo, así que contar paneles no es una unidad de medida útil. Diez módulos residenciales de 400 a 500 W suman entre 4 y 5 kWp, un tamaño que en Tenerife se mueve entre 7.500 € y 10.000 € llave en mano.
IGIC, al tipo general del 7 %. En Canarias no se aplica el IVA. En el texto refundido vigente del impuesto no existe ningún tipo cero ni reducido para la fotovoltaica, pese a lo que afirma alguna página del sector: buscamos «fotovolt», «renovable», «autoconsumo», «placas» y «panel» sobre el texto completo y no aparece ninguno.
A septiembre de 2026 no hay ninguna convocatoria autonómica abierta a nuevas solicitudes de particulares para fotovoltaica. Lo que sí hay son bonificaciones municipales permanentes de IBI e ICIO, que no dependen de que se abra ningún plazo.
El 50 % de la cuota íntegra durante cinco años, sin posibilidad de renovarla, y contando desde el ejercicio posterior a aquel en que la pides. Exige que la instalación sea voluntaria y que sea la fuente principal de suministro de la vivienda, condición que la ordenanza no aclara cómo se acredita.
No publicamos un porcentaje. La deducción estatal del IRPF ligada a obras que mejoran la eficiencia energética ha cambiado de condiciones y de plazos entre ejercicios, así que la cifra correcta es la que publique la Agencia Tributaria del año en que vayas a declarar.
Sí, hace falta un título habilitante municipal, pero no hemos podido verificar con fuente oficial si en Santa Cruz de Tenerife corresponde licencia, declaración responsable o comunicación previa. Lo que sí está confirmado es que el impuesto de obras se paga en los tres casos.
Sí. Cubren parte del consumo mientras producen y el resto se sigue comprando a la red. Los excedentes se compensan hasta dejar a cero el término de energía del mes, nunca por debajo: la potencia contratada, los peajes y los impuestos se pagan igual.
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