Enaro

Subvenciones para placas solares en Andalucía: qué se puede pedir hoy

A 6 de septiembre de 2026 no hay en Andalucía ninguna convocatoria autonómica abierta para poner placas solares en una vivienda particular. Ni una.

Y al mismo tiempo la Junta tiene aprobada, desde el 30 de abril de 2025, la norma que pagaría entre el 55 % y el 65 % de esa instalación: la Orden de 24 de abril de 2025 publicada en el BOJA nº 81, cuyo tipo 1.3 se titula «Energías renovables en viviendas y edificios residenciales privados» y nombra expresamente la fotovoltaica de autoconsumo con almacenamiento, con beneficiarios que «ejerzan o no actividad económica». Dieciséis meses después, ese programa no se ha convocado ni una sola vez. Unas bases reguladoras no abren ningún plazo: el plazo lo abre la convocatoria, y esa convocatoria no existe.

Esa distinción es la que decide toda esta búsqueda, y casi nadie la hace. Permite titular «Andalucía subvenciona las placas solares hasta el 65 %» sin faltar a la verdad literal y dejando al lector convencido de que puede pedir algo. Sí hay convocatorias vivas de la Agencia Andaluza de la Energía —INEA e INCEA, que son los dos nombres bajo los que publica sus incentivos energéticos, más el MOVES III de movilidad—, y ninguna es para una vivienda: son de sector empresarial, cadenas de valor industrial, espacios productivos y vehículos. Lo comprobamos descargando por API las 1.804 convocatorias autonómicas andaluzas registradas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones desde enero de 2024, leyendo después el texto de la orden en el BOJA y contrastándolo con la web del propio organismo.

Debajo hay cinco cosas. Qué está abierto hoy en la Junta y por qué no te sirve. La norma aprobada y sin convocar, con lo que pagaría y el requisito de batería que casi nadie cuenta. Por qué en esta página no verás ningún euro por kilovatio andaluz, cuando media internet los publica. Los programas cerrados con la fecha exacta en que dejaron de admitir solicitudes —el dato que solo dan dos de las diez páginas mejor posicionadas para esta búsqueda—. Y las bonificaciones de IBI e ICIO de Sevilla, Málaga, Granada y Córdoba, que ahora mismo son la única ayuda andaluza real para quien instala.

Última actualización: 6 de septiembre de 2026

En esta página · 9 apartados
  1. 01¿Hay alguna subvención abierta ahora mismo en Andalucía?
  2. 02La norma que pagaría el 65 % y lleva dieciséis meses sin convocarse
  3. 03El requisito del tipo 1.3 que cambia el presupuesto: la batería no es opcional
  4. 04Por qué aquí no verás ningún euro por kilovatio andaluz
  5. 05Qué cerró en Andalucía y en qué fecha exacta
  6. 06IBI e ICIO: la única ayuda andaluza que sigue viva, y la decide tu ayuntamiento
  7. 07¿Y si presenté la solicitud en su día? Qué queda de aquel programa
  8. 08Qué te queda si quieres poner placas en Andalucía este año
  9. 09Cómo comparar presupuestos de placas solares en Andalucía con Enaro
01

¿Hay alguna subvención abierta ahora mismo en Andalucía?

A 6 de septiembre de 2026, ninguna convocatoria autonómica andaluza admite solicitudes para instalar placas solares en una vivienda particular: lo que sigue abierto en la Junta es para empresas.

Conviene acotar qué significa «abierta», porque ahí se separan las páginas fiables de las demás. Aquí quiere decir una convocatoria de la Junta de Andalucía, con el plazo de solicitud vivo hoy, que financie una instalación fotovoltaica de autoconsumo y que admita como solicitante a alguien que no tiene un negocio. Quedan fuera tres cosas que se cuentan a menudo como si valieran: las líneas dirigidas a pymes, autónomos, industria o ayuntamientos, que son la totalidad de lo que sigue vivo en Andalucía en 2026; los expedientes ya concedidos a los que solo les queda plazo para ejecutar la obra; y los plazos administrativos que no son de ayudas, como el de adhesión de entidades colaboradoras.

El indicador exacto para distinguir una cosa de otra está en la línea de beneficiarios de cualquier ficha de convocatoria. Si dice «personas físicas que desarrollan actividad económica», habla de autónomos y empresas. La fórmula que te incluye a ti es «personas físicas que no realizan actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado». Ninguna de las convocatorias andaluzas abiertas hoy se dirige a esa segunda categoría para una instalación en vivienda.

El caso más fácil de confundir con una ayuda viva es el Programa 4 de INEA, «Hogares vulnerables»: tiene página propia, 10 millones de euros cofinanciados con FEDER, entidades colaboradoras constituyéndose y un plazo abierto desde el 23 de septiembre de 2025. Ese plazo es para que ayuntamientos y entidades sin ánimo de lucro se adhieran como intermediarias, no para que un ciudadano solicite el incentivo. Y cuando llegue a convocarse, sus beneficiarios serán consumidores vulnerables severos o en riesgo de exclusión con bono social eléctrico, no el público general. Es el programa con más probabilidad de convocarse a corto plazo, precisamente porque su red de colaboradores ya se está montando, pero a día de hoy no hay nada que pedir.

Lo que está abierto hoy en la Agencia Andaluza de la EnergíaDesde cuándoA quién se dirige¿Sirve para poner placas en tu casa?
INEA Programa 2 — Sector empresarial y cadena agroalimentaria12/11/2025Beneficiarios que ejercen actividad económicaNo
INCEA — Cadenas de valor industrial (la misma línea que las resoluciones de convocatoria numeran como Programa 3)10/10/2025Sector industrialNo
INCEA — Espacios Productivos, línea 216 de junio — el organismo publica esta fecha sin año; sus resoluciones de convocatoria son de abril de 2026Espacios productivos, no viviendaNo
MOVES III 202515/07/2025, a las 9:00 hMovilidad eléctricaNo: financia vehículos y recarga, ni placas ni aerotermia
INEA Programa 4 — Hogares vulnerables23/09/2025Lo abierto es la adhesión de ENTIDADES COLABORADORAS, no las ayudasNo: no hay convocatoria de ayudas, y sus beneficiarios serán consumidores vulnerables severos con bono social eléctrico
Estados y fechas declarados por la propia Agencia Andaluza de la Energía en su listado oficial «Todos los programas», leído el 6 de septiembre de 2026, y contrastados contra el barrido propio de la Base de Datos Nacional de Subvenciones descrito en la entradilla, que devuelve exactamente el mismo conjunto de convocatorias energéticas vivas. Aviso de método: el registro estatal tiene desfase de volcado, así que una convocatoria publicada en el BOJA en los últimos días podría no aparecer todavía; por eso la conclusión se apoya también en la web del organismo y en el boletín, no solo en el registro.
02

La norma que pagaría el 65 % y lleva dieciséis meses sin convocarse

Andalucía aprobó en abril de 2025 una norma que subvenciona hasta el 65 % la fotovoltaica en viviendas particulares, y dieciséis meses después no la ha convocado nunca.

La norma es la Orden de 24 de abril de 2025 de la Consejería de Industria, Energía y Minas, publicada en el BOJA nº 81, de 30 de abril de 2025, que aprueba las bases reguladoras de los Incentivos para el Uso Eficiente de la Energía en Andalucía, el programa INEA. Dentro de su Programa 1 está el tipo 1.3, «Energías renovables en viviendas y edificios residenciales privados», cuyo alcance dice literalmente que serán incentivables las actuaciones que incorporen «energía solar térmica, biomasa sólida, así como la aerotermia, hidrotermia y geotermia que satisfagan el consumo de energía térmica, y las instalaciones renovables de autoconsumo eléctrico, fotovoltaico con almacenamiento». Sus beneficiarios son «personas físicas y jurídicas, que ejerzan o no actividad económica», de modo que el dueño de una vivienda entra sin ninguna duda interpretativa.

Las intensidades están en la tabla del catálogo del Anexo II, en la fila de quien no ejerce actividad económica: un incentivo base del 55 %, más un 5,0 % adicional si la actuación contempla una reducción estimada de emisiones de CO₂ de al menos el 30 % respecto de la situación inicial, más un 2,5 % por usos colectivos y otro 2,5 % por municipio de reto demográfico —definido en la propia orden como los de hasta 5.000 habitantes y los no urbanos de hasta 20.000 cuyas entidades singulares de población sean todas de hasta 5.000—, con un techo declarado del 65 %. La orden se modificó el 11 de noviembre de 2025, pero esa modificación es procedimental —afecta a la solicitud de tres ofertas y a su verificación— y no toca el Programa 1.

Y aquí llega la mitad que decide lo que puedes hacer hoy: unas bases reguladoras no abren ningún plazo. El plazo lo abre la resolución de convocatoria, que es otro documento y se publica también en el BOJA. El Programa 1 no se ha convocado. Lo dice la propia Agencia sin rodeos, en futuro: «Toda la información sobre las futuras convocatorias de ayudas relativas a este Programa será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

La comprobación no es una ausencia de resultados, que siempre es un argumento flojo, sino una lista positiva de lo que sí se ha convocado. Desde que existen esas bases, la Agencia Andaluza de la Energía ha dictado cinco resoluciones de convocatoria y ninguna para vivienda: el Programa 2 de sector empresarial y cadena agroalimentaria el 27 de octubre de 2025, el Programa 3 de cadenas de valor industrial el 6 de octubre de 2025, INCEA Espacios Productivos los días 17 y 20 de abril de 2026, el Plan Renove de vehículos el 12 de marzo de 2026 y MOVES III el 30 de junio de 2025. Existe presupuesto, existe maquinaria administrativa en marcha y existe la norma que ampara las ayudas a vivienda. Lo que no existe es la puerta por la que entrar.

Fachada encalada de una vivienda tradicional andaluza, con puerta de clavos y reja, y una hilera de placas solares sobre la teja árabe del alero
03

El requisito del tipo 1.3 que cambia el presupuesto: la batería no es opcional

Las bases andaluzas solo subvencionan la fotovoltaica de una vivienda si lleva batería: es el único tipo de actuación del programa donde el almacenamiento no es opcional.

El texto es corto y no admite lectura amable: «Las instalaciones fotovoltaicas tienen que contar con una instalación de almacenamiento». Que sea específico de la vivienda particular se ve comparándolo dentro del mismo documento, y por eso merece contarse: en el tipo 1.4, de infraestructuras públicas y edificios no residenciales, y en el tipo 2.2, de edificios de empresa, la orden escribe «sin o con almacenamiento»; y en el tipo 4.2, el de hogares vulnerables, «autoconsumo fotovoltaico con y sin almacenamiento». Son tres redacciones distintas en el mismo texto, verificadas una a una. La exigencia recae justo sobre el supuesto que interesa a quien lee esta página.

La batería tampoco vale de cualquier tamaño. La orden pide que generación y almacenamiento sean componentes de la misma inversión incentivada, que no superen «una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a una potencia de generación de 5 kWh/kW» y que el almacenamiento absorba «al menos el 75 % de la energía anual producida por la instalación de generación». Traducido a la conversación con el instalador: no es meter una batería pequeña para cumplir el trámite, es dimensionarla contra la producción del tejado.

Hay más condiciones que solo se ven leyendo las bases y que conviene conocer antes de hacer cuentas con un porcentaje. La actuación exige una doble auditoría energética: una previa a la ejecución, que fija el consumo de partida y el ahorro previsto, y una memoria de ejecución posterior que forma parte de la auditoría final —su coste es incentivable, con la de ejecución limitada al 3 % de la inversión—. Solo se admiten equipos nuevos, sin reutilización. Y hay que cumplir el Código Técnico vigente y disponer de acta de puesta en servicio cuando sea preceptiva.

El filtro que dejará fuera a más gente, sin embargo, no es técnico sino de tamaño. La orden fija una cuantía mínima de incentivo de 10.000 € con carácter general y de 6.000 € para las actuaciones del tipo 1.3.1, y añade que «el importe del presupuesto de la actuación solicitada tendrá que alcanzar, al menos, la cuantía a la que corresponden los citados importes mínimos». Es decir: no basta con encajar en el catálogo, hay que generar un incentivo de ese tamaño. Una instalación doméstica modesta puede quedarse por debajo del umbral incluso cuando la convocatoria llegue. Si es la ayuda lo que te está empujando a meter acumulación, la decisión técnica y económica sin subvención de por medio está en nuestra página de baterías para placas solares.

04

Por qué aquí no verás ningún euro por kilovatio andaluz

No existe ninguna cifra en euros por kilovatio que publicar para Andalucía: el tipo 1.3 se calcula por módulos de coste unitario que fija la convocatoria, y no hay convocatoria.

La orden lo explica con sus palabras. El coste incentivable «se determina como sumatorio del producto del número de unidades de cada uno de los módulos de la actuación por su coste unitario», y sobre ese coste se aplica el porcentaje base más los adicionales. El valor de esos módulos, en cambio, no está en las bases: «La elaboración del informe técnico para la aplicación de los módulos y la concreción de estos se establecerá en la correspondiente convocatoria». Sin convocatoria no hay módulos. Por eso publicamos el porcentaje, que sí está en la norma, y nos negamos a publicar euros que nadie ha fijado todavía.

Entonces, ¿de dónde salen los 600 €/kWp y los 490 €/kWh que aparecen en tantas páginas junto al nombre de la Junta de Andalucía? De un programa cerrado. Son las cuantías de los Programas 4 y 5 del Real Decreto 477/2021, el que financió el autoconsumo residencial con fondos del Plan de Recuperación y que dejó de admitir solicitudes el 31 de diciembre de 2023. Ni son andaluzas de origen ni siguen vigentes.

Lo interesante es el mecanismo por el que ese dato se sigue copiando, porque no es mala fe. La ficha de aquel programa continúa publicada en la web de la Agencia Andaluza de la Energía con las cuantías bien visibles y la frase de cierre metida en el cuerpo del texto, y esa misma URL ocupa el primer resultado de esta búsqueda y el Top 3 nacional de «subvenciones placas solares», según nuestra propia medición del 4 de septiembre de 2026. Quien la copia llega a una página oficial, verdadera y caducada solo en el plazo. Nadie miente; simplemente nadie dice la fecha.

El resultado, medido sobre el contenido real de las diez páginas mejor posicionadas para esta consulta y no sobre sus títulos: solo dos dan la fecha oficial de cierre, y una de las dos es la propia Agencia, de modo que un único competidor privado de siete lo hace. Dos de los siete competidores privados siguen presentando los fondos Next Generation como vía por la que pedir dinero — el sello NextGenerationEU aparece en cuatro de los diez resultados, pero dos de esas cuatro apariciones son fichas de la propia Agencia, donde identifica de dónde salió el dinero y no afirma que el plazo siga abierto, así que la cifra que contamos es la baja. Ocho de los diez no publican ninguna fecha de actualización. Y en el Top 10 posiciona un texto cuyo cuerpo afirma «las subvenciones están ya abiertas (mayo 2021)». Si la historia general de esa cifra te interesa —cómo el techo del programa estatal cerrado sobrevive hoy en las comunidades que sí tienen convocatoria—, está en nuestro mapa nacional de subvenciones para placas solares.

05

Qué cerró en Andalucía y en qué fecha exacta

Cinco programas andaluces de energía para edificación están cerrados, cada uno con su fecha, y un sexto —el de rehabilitación energética de vivienda— Andalucía no llegó a convocarlo nunca.

Esta es la parte que casi nadie publica y la que de verdad resuelve la duda de quien llega aquí: no «hay ayudas» o «no hay ayudas», sino desde qué día dejó de poder pedirse cada cosa. La fecha que más importa es la primera de la tabla, porque corresponde al único programa que de verdad se dirigía al propietario de una vivienda.

Hay un matiz que el sector confunde de forma sistemática y conviene deshacer. El Real Decreto 1124/2021, de renovables térmicas, nunca fue una ayuda para el particular: su Programa 1 exige que el destinatario realice una actividad económica y su Programa 2 se dirige a entidades locales y al sector público. El programa que sí llegaba al dueño de una casa era el Programa 6 del Real Decreto 477/2021, junto con los Programas 4 y 5 para la fotovoltaica y el almacenamiento. Los tres cerraron el mismo día.

La tercera vía tampoco existe aquí, y es la que en otras comunidades sigue viva. En el resto de España, lo que hoy financia una instalación en vivienda con fondos del Plan de Recuperación no suele ser un programa de placas, sino el Programa 4 del Real Decreto 853/2021, de mejora de la eficiencia energética en viviendas, que cada comunidad convoca a su ritmo. Andalucía no lo ha convocado: en ese mismo barrido del registro estatal, los términos «rehabilitación energética», «853/2021», «477/2021», «autoconsumo» y «fotovoltaica» devuelven cero coincidencias, y una consulta directa al registro por descripción sitúa la convocatoria andaluza de rehabilitación energética más reciente en 2021.

Quedan cerrados además, con sus propias fechas declaradas por el organismo, dos programas que no eran de vivienda y que a veces se cuelan en las listas: «Eficiencia energética en explotaciones agropecuarias», cerrado el 31 de diciembre de 2023, y «Eficiencia energética en la Industria», cerrado el 30 de junio de 2024.

ProgramaQué financiaba en viviendaCerrado desde
Incentivos para energías renovables en autoconsumo, almacenamiento y térmicas en sector residencial (Programas 4, 5 y 6 del RD 477/2021)Fotovoltaica de autoconsumo, almacenamiento y renovables térmicas en la vivienda. Era el único dirigido al propietario particular31/12/2023
Energías renovables térmicas (RD 1124/2021)Nada para el particular: su Programa 1 exige actividad económica y el 2 se dirige a entidades locales31/07/2024
PREE 5000 — rehabilitación energética de edificios en municipios de reto demográficoRehabilitación energética de edificios en municipios pequeños31/07/2024
PREE — rehabilitación energética de edificios existentesRehabilitación energética de edificios31/07/2021
Mejora de la eficiencia energética en viviendas (Programa 4 del RD 853/2021)Es la vía que en otras comunidades sigue financiando instalaciones en viviendaAndalucía no lo convocó nunca: la convocatoria andaluza de rehabilitación energética más reciente registrada es de 2021
Estados y fechas de cierre declarados por la Agencia Andaluza de la Energía en cada una de sus fichas oficiales, leídas el 6 de septiembre de 2026. La ausencia de convocatoria del RD 853/2021 se verificó por dos vías: el barrido propio de las 1.804 convocatorias autonómicas andaluzas registradas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones desde el 01/01/2024, y una consulta directa al mismo registro por descripción sobre todas las administraciones y todos los años. Un detalle que ya no sirve ni siquiera a quien tiene expediente: el plazo de ejecución y justificación de los expedientes concedidos del RD 477/2021 se prorrogó hasta el 30 de junio de 2026 por Resolución de 4 de marzo de 2025, fecha que también ha vencido.
Compara presupuestos de placas solares
06

IBI e ICIO: la única ayuda andaluza que sigue viva, y la decide tu ayuntamiento

Con lo autonómico vacío, la única ayuda andaluza real para quien pone placas hoy la da su ayuntamiento: bonificaciones de IBI y de ICIO, distintas en cada ciudad.

No son subvenciones y por eso funcionan al revés que todo lo anterior: no hay convocatoria que se pueda agotar ni plazo que dependa de que la Junta publique nada. Lo que sí hay es una letra pequeña que cambia mucho de una ciudad a otra, empezando por el plazo: tres de las cuatro fijan una fecha anual para pedirlas y la cuarta no. Hemos leído las ordenanzas fiscales de 2026 de las cuatro capitales grandes —Sevilla, Málaga, Granada y Córdoba— y las diferencias son grandes: la más generosa multiplica por diez la duración de la más corta.

Córdoba es la bonificación más larga que hemos encontrado en toda España: el 50 % de la cuota del IBI durante diez años. A cambio pone condiciones que hay que contar enteras, porque acotan mucho: solo instalaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2024, en la vivienda de residencia habitual y estando empadronado en ella, una sola vivienda y una sola vez, con el límite del coste de la instalación que soporte el contribuyente —del que se descuentan las subvenciones que se hayan recibido— y sin aplicarse a las instalaciones de zonas comunes de comunidades de propietarios. Su ICIO es del 95 %, pero conviene leer bien sobre qué: no sobre la cuota entera de la obra, sino sobre «la parte de cuota derivada del coste adicionado a la base imponible» por la instalación solar. Y una diferencia de calendario que conviene no dar por sabida: Córdoba es la única de las cuatro que no fija fecha límite anual. Su ordenanza dice que la bonificación «tiene carácter rogado» y que la petición «podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la conclusión de los diez períodos impositivos de duración de aquella, surtiendo efectos su concesión desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite». Eso no significa que dé igual cuándo la pidas: los diez años se cuentan desde el año siguiente al de la instalación, así que cada ejercicio que tardes en solicitarla es un ejercicio que no cobras.

Málaga es la más tacaña en IBI —un 15 % de la cuota, un máximo de tres años y un tope anual del 33 % del coste de la instalación— y, sobre todo, la más exigente con el calendario: hay que solicitarla antes del 1 de febrero, un mes antes que en Sevilla, Granada y Córdoba, y rechaza las solicitudes presentadas más de tres años después de la instalación. Su ICIO sí es del 95 %, por obras de especial interés, para solar térmica de agua caliente sanitaria de al menos 5 kW y para fotovoltaica conectada a red.

Sevilla aplica el 50 % del IBI durante los tres periodos impositivos siguientes a la puesta en funcionamiento y un 75 % de ICIO para actuaciones cuyo objeto exclusivo sea la instalación solar, con dos condiciones que descartan casos reales: solo instalaciones amparadas por licencia municipal, y nada de lo que ya sea obligatorio según la Ordenanza de gestión de la energía de la ciudad. Granada da el 50 % del IBI el año siguiente a la instalación —excepto en viviendas de nueva construcción— y un 95 % de ICIO; su bonificación del IBI es compatible con otras subvenciones pero incompatible con otras bonificaciones del propio impuesto. En las cuatro ciudades el requisito común es que la instalación sea voluntaria y no venga impuesta por la normativa.

CiudadIBIICIOFecha límite para solicitarlo
Córdoba50 % durante diez años, solo instalaciones desde el 01/01/2024, en residencia habitual y con empadronamiento95 % sobre la parte de cuota que la instalación añade a la base imponibleSin fecha anual: la ordenanza admite la solicitud «en cualquier momento anterior a la conclusión de los diez períodos impositivos», pero solo surte efecto desde el ejercicio siguiente a aquel en que se pida
Sevilla50 % durante los tres periodos impositivos siguientes a la puesta en funcionamiento75 %, para actuaciones de objeto exclusivo solar1 de marzo
Granada50 % el año siguiente a la instalación, excepto viviendas de nueva construcción95 %1 de marzo
Málaga15 %, máximo tres años, con tope anual del 33 % del coste de la instalación95 % por obras de especial interés1 de FEBRERO
Córdoba: Ordenanzas Fiscales nº 300 (IBI) y nº 305 (ICIO) del ejercicio 2026, PDF oficiales del Ayuntamiento descargados y leídos el 06/09/2026. Su plazo es distinto del de las otras tres y por eso la celda no dice «1 de marzo»: el apartado 6.1 del artículo 3 de la nº 300 establece que la bonificación «tiene carácter rogado y se concederá a petición del interesado, la cual podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la conclusión de los diez períodos impositivos de duración de aquella, surtiendo efectos su concesión desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite». En el texto de esa ordenanza no aparece ninguna fecha límite anual. Sevilla: artículos 18 y 9 de las Ordenanzas Fiscales del IBI y del ICIO de 2026, PDF oficiales de la Agencia Tributaria de Sevilla, verificados el 04/09/2026. Granada: artículo 10.7 de la Ordenanza Fiscal nº 3 y artículo 6.4 de la nº 4, verificados el 03/09/2026. MÁLAGA TIENE UN GRADO DE VERIFICACIÓN MENOR y así se declara: sus cifras salen de las fichas oficiales de trámite de la sede electrónica municipal —que citan artículo y ordenanza— y no del PDF de la ordenanza fiscal. Alcance: solo se han revisado estas cuatro capitales. No se afirma nada de Almería, Cádiz, Huelva y Jaén capitales ni de ningún municipio no capital.
Tejados del casco histórico de una ciudad andaluza vistos desde una azotea, con paneles solares instalados sobre una de las cubiertas planas en primer plano y una torre campanario al fondo.
07

¿Y si presenté la solicitud en su día? Qué queda de aquel programa

Si presentaste solicitud antes del 31 de diciembre de 2023, tu expediente pertenece a un programa que ya ha agotado incluso su plazo prorrogado de ejecución.

Es una de las preguntas más repetidas de esta búsqueda, y llega en dos formas: «¿alguien ha cobrado la subvención?» y «¿cuánto tarda?». La primera tiene respuesta: sí, aquel programa concedió y pagó expedientes; lo que se acabó no fue el dinero de quien entró, sino la puerta de entrada. Y hay un detalle que ya no le sirve ni a quien está dentro: el plazo de ejecución y justificación de los expedientes concedidos se prorrogó hasta el 30 de junio de 2026 por Resolución de 4 de marzo de 2025, y esa fecha también ha vencido.

La segunda pregunta no tiene respuesta que podamos dar sin inventarla, y preferimos decirlo. No publicamos ningún plazo de resolución ni de cobro para Andalucía, por dos motivos encadenados: no hay convocatoria viva, así que no hay ningún plazo vigente que citar; y no hemos verificado los tiempos medios de resolución ni de pago del programa cerrado, que es materia de expediente individual y no de una página web. Si tienes un expediente en curso, quien puede decirte en qué punto está es la Agencia Andaluza de la Energía, no nosotros ni ningún comparador.

Estar en lista de reserva tampoco equivale a una convocatoria abierta ni permite presentar una solicitud nueva. Es una distinción incómoda pero necesaria: aparece con frecuencia como argumento de venta —«todavía se puede entrar»— y no se sostiene. Lo único que abriría de nuevo la puerta en Andalucía es una resolución de convocatoria del Programa 1 de INEA publicada en el BOJA, que a día de hoy no existe.

08

Qué te queda si quieres poner placas en Andalucía este año

Sin convocatoria autonómica, a una vivienda andaluza le quedan tres palancas: la bonificación municipal, la deducción del IRPF y el precio al que consigas la instalación.

La primera está en el bloque anterior y es, hoy por hoy, la única ayuda andaluza que existe de verdad. La segunda es estatal e idéntica en cualquier comunidad, así que aquí solo diremos lo que corresponde a esta página: la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética sigue viva —fue prorrogada por el Real Decreto-ley 7/2026 hasta el 31 de diciembre de 2026 para viviendas individuales y hasta el 31 de diciembre de 2027 para edificios— y no funciona como una convocatoria, porque se aplica en la declaración, no tiene ventana que se te escape ni crédito que se agote. Todo lo demás sobre ella —los tramos del 20 %, el 40 % y el 60 %, qué hay que acreditar y la discrepancia de fechas que la propia Agencia Tributaria mantiene entre una nota suya y sus páginas de campaña— está publicado con las dos versiones enfrentadas en el hub de placas solares, y no lo reescribimos aquí para no multiplicar los sitios que habría que corregir el día que cambie.

Sobre esa deducción hay un matiz que en fotovoltaica se omite casi siempre: poner placas no garantiza tener derecho a ella. Los umbrales se miden sobre la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración o sobre el consumo de energía primaria no renovable, con certificado energético antes y después de la obra, y una instalación de autoconsumo por sí sola puede no alcanzarlos. Quien te venda un 40 % de deducción por instalar paneles está prometiendo algo que depende de un certificado que aún no existe.

Y una vía que en aerotermia sí funciona y en placas solares no: los Certificados de Ahorro Energético. El catálogo residencial vigente del Ministerio no contiene ninguna ficha de instalación fotovoltaica de autoconsumo —el término no aparece ni una vez en su índice—, mientras que sí existen fichas para sustituir una caldera por una bomba de calor. Si un instalador te ofrece un descuento por esa vía en una instalación de placas, pídele por escrito de qué mecanismo se trata y quién lo tramita.

Queda la tercera palanca, que es la única que controlas tú: el precio. Sin ayuda autonómica, la diferencia entre dos presupuestos de la misma instalación pesa más que cualquier porcentaje que pudiera llegar, y saber qué es normal pagar hoy por kilovatio pico es lo que permite detectarla — está en nuestra página de precio de las placas solares. Antes que eso conviene hacer otra cuenta todavía: si la instalación se sostiene sin ninguna ayuda. Una subvención acorta la amortización, pero no endereza un tejado mal orientado ni un consumo que no case con la producción, y en Andalucía esa comprobación es más determinante que en ningún otro sitio porque no hay subvención que compense un mal dimensionado. La calculadora de placas solares estima la potencia que encaja con tu consumo y tu ubicación; es una estimación orientativa y el dimensionamiento definitivo requiere estudio técnico.

  • Bonificación municipal de IBI e ICIO. La única ayuda andaluza viva. Depende de tu ayuntamiento, se pide una vez y su calendario cambia de una ciudad a otra: Sevilla y Granada hasta el 1 de marzo, Málaga hasta el 1 de febrero, y Córdoba sin fecha anual pero perdiendo ejercicios si te retrasas.
  • Deducción por eficiencia energética en el IRPF. Estatal, prorrogada hasta el 31/12/2026 en viviendas individuales. No depende de ninguna convocatoria, pero exige certificado energético antes y después, y la fotovoltaica por sí sola puede no alcanzar los umbrales.
  • Certificados de Ahorro Energético: no aplican a la fotovoltaica. No hay ninguna ficha de autoconsumo solar en el catálogo residencial vigente. Sí existe para cambiar una caldera por una bomba de calor.
  • El precio del presupuesto. Sin ayuda autonómica, es donde está el dinero real. Comparar tres ofertas de la misma instalación mueve más euros que cualquier porcentaje pendiente de convocatoria.
  • Estar atento al BOJA. Es donde se publicaría la convocatoria del Programa 1 si llega. Nadie ha anunciado fecha ni dotación, y nosotros no vamos a suponerla.
Un instalador ajusta con una llave la fijación de un panel fotovoltaico sobre la cubierta de teja de una vivienda unifamiliar, con campos de olivos al fondo.
09

Cómo comparar presupuestos de placas solares en Andalucía con Enaro

Cuando no hay subvención autonómica que descontar, el único margen real está en el precio: aquí comparas las ofertas de varios instaladores andaluces sin dar tu teléfono hasta elegir una.

En esta consulta concreta importa más que en ninguna otra, y por un motivo incómodo: cuando no hay subvención que ofrecer, la urgencia se fabrica igual. «Quedan pocas ayudas», «entra ahora antes de que se agoten» y «te lo tramitamos nosotros» son frases que en Andalucía no describen ninguna realidad administrativa a día de hoy. Con prisa no se compara nada, y comparar es exactamente lo que queda cuando el porcentaje público no existe.

Hay tres datos que conviene exigir por escrito en cualquier oferta andaluza. La potencia exacta en kWp y el precio por kilovatio pico, porque es la única forma de poner dos presupuestos uno al lado del otro y también la unidad en la que se moverá cualquier convocatoria futura. Si la batería está dentro o fuera del precio, ya que las bases del tipo 1.3 la exigen para la vivienda particular: si algún día se convoca, una instalación sin acumulación no encajaría. Y si la empresa asume la documentación de la bonificación municipal de IBI e ICIO —licencia, certificado de instalación eléctrica, comunicación de puesta en funcionamiento— o solo te entrega los papeles, y si eso se cobra aparte.

El mecanismo es sencillo de contar porque no tiene truco: cuentas tu vivienda una vez, el instalador recibe solo lo necesario para presupuestar —zona, tipo de vivienda, consumo, cubierta, orientación y plazo—, sin nombre ni teléfono, y sube su oferta con precio, alcance y plazo. Tú las lees juntas y decides. El contacto se entrega después y únicamente a quien has elegido; los demás no lo reciben nunca. Toda instalación contratada por esta vía lleva además el descuento Enaro, que es una condición que exigimos a los instaladores de la red, no una promoción temporal.

Queda por decir qué no somos, y en Andalucía la aclaración es más corta que en ninguna otra comunidad: no tramitamos subvenciones porque hoy aquí no hay ninguna que presentar. Si el Programa 1 llega a convocarse, la solicitud se presenta en la sede electrónica de la Junta y quien la firma eres tú o la empresa que contrates —conviene dejar por escrito en el presupuesto cuál de las dos, y si eso se cobra aparte—. Lo que sí puedes pedirle a tu instalador desde el primer día es la documentación de la bonificación municipal, que es la ayuda que sí existe. Y sobre nosotros: todavía no hay ningún proceso de homologación de instaladores que enseñar, porque la red se está formando. Cuando lo haya se publicará con sus criterios; hasta entonces preferimos decirlo a colgarnos un sello, que es exactamente lo que esta página lleva media pantalla reprochando a otros.

  1. 01

    Da por hecho que hoy no hay ayuda autonómica

    Y comprueba en cambio la bonificación de IBI e ICIO de tu ayuntamiento, con su fecha límite: 1 de marzo en Sevilla y Granada, 1 de febrero en Málaga, y en Córdoba sin plazo anual pero cuanto antes mejor.

  2. 02

    Describes tu tejado una sola vez

    Consumo, tipo de cubierta, orientación, sombras y si te planteas batería. Ni llamadas ni número de teléfono en este paso.

  3. 03

    Los instaladores andaluces presupuestan a ciegas

    Todos sobre los mismos datos y en el mismo formato. Exige que consten la potencia en kWp, el precio por kilovatio pico y si la acumulación entra en el importe.

  4. 04

    Las lees juntas, en frío, y eliges

    Tu contacto llega solo al elegido y a nadie más, así que ningún comercial tiene ocasión de meterte prisa con una ayuda andaluza que hoy no existe.

Seguir leyendo

  • Esta página agota Andalucía y no repite el resto del país. Si te has mudado, tienes una segunda vivienda o simplemente quieres ver dónde sí queda algo abierto, allí están los diecinueve territorios uno a uno, con su último programa, su fecha de cierre y el día en que se comprobó cada fila. Es también donde se cuenta de dónde salen los 600 €/kWp que repite el sector y por qué sobreviven en las comunidades que sí tienen convocatoria. mapa nacional de subvenciones para placas solares
  • Aquí solo se habla de dinero público. Si estás un paso antes —qué hace cada pieza de la instalación, qué pasa con los excedentes, de qué depende lo que produce un tejado—, el hub es el sitio por donde empezar. Ahí vive además la deducción del IRPF con la contradicción de fechas que la propia Agencia Tributaria mantiene entre una nota suya y sus páginas de campaña, publicada con las dos versiones enfrentadas: es la única URL del sitio donde ese dato está completo, y por eso todos los punteros de esta página al IRPF llevan allí. cómo funciona el autoconsumo con placas solares
  • Cuando no hay subvención autonómica que aplicar, la diferencia entre dos presupuestos de la misma instalación es el único descuento real que queda sobre la mesa, y solo se detecta sabiendo qué es normal pagar hoy por kilovatio pico. Allí está el precio medio por potencia, qué entra en un presupuesto y qué suele quedarse fuera. precio de una instalación de placas solares
  • El tipo 1.3 andaluz exige almacenamiento en la fotovoltaica de vivienda particular, con una ratio máxima de 5 kWh/kW y absorción de al menos el 75 % de la producción anual, así que si algún día se convoca, una instalación sin batería no encajaría. Antes de meterla por si acaso, conviene ver si compensa por sí sola: esa decisión, sin ninguna ayuda de por medio, está ahí. baterías para placas solares
  • El marco autonómico es idéntico en toda Andalucía y es el que se cuenta en esta página. Lo que cambia de una ciudad a otra es el resto: el precio local verificado con fuentes de la propia zona, la irradiación real, la licencia municipal —que en Sevilla condiciona además la bonificación del IBI, porque solo se aplica a instalaciones amparadas por ella— y las obligaciones de su Ordenanza de gestión de la energía. placas solares en Sevilla
  • Granada aplica los dos topes que permite la ley en IBI e ICIO, y tiene además una particularidad urbanística que conviene no confundir con la fiscal: su ordenanza municipal de captación solar térmica regula solo instalaciones térmicas obligatorias y exime a los ámbitos de la Alhambra, el Albayzín, el Sacromonte y el centro histórico. Eso, junto al precio local y la irradiación, está en su página de ciudad. placas solares en Granada
  • Sin ayuda autonómica que recorte la inversión, la instalación tiene que sostenerse por sí sola, y eso depende de que la potencia case con tu consumo. La calculadora estima ese orden de magnitud a partir de tu ubicación y tu gasto, que es lo que conviene llevar sabido a la primera conversación con un instalador. Es una estimación orientativa: el dimensionamiento definitivo requiere estudio técnico. calculadora de placas solares
  • Si estás valorando las dos tecnologías a la vez, la situación andaluza es la misma —la misma norma sin convocar las cubre a ambas— pero las vías alternativas no coinciden en nada: la aerotermia sí tiene ficha en el sistema estatal de Certificados de Ahorro Energético y la fotovoltaica no tiene ninguna, y en cambio ninguna de las bonificaciones municipales andaluzas cubre la aerotermia, porque todas están redactadas sobre energía solar. subvenciones para aerotermia

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las subvenciones para placas solares en Andalucía en 2026?

A 6 de septiembre de 2026, ninguna autonómica. No hay convocatoria abierta de la Junta de Andalucía que permita a una vivienda particular solicitar ayuda para una instalación fotovoltaica. Lo que sí está abierto en la Agencia Andaluza de la Energía —INEA Programa 2, INCEA en sus dos líneas y MOVES III— se dirige a sector empresarial, cadenas de valor industrial, espacios productivos y movilidad eléctrica. Existe además una norma aprobada que pagaría entre el 55 % y el 65 %, el tipo 1.3 del programa INEA publicado en el BOJA nº 81 de 30 de abril de 2025, pero unas bases reguladoras no abren plazo: lo abre la resolución de convocatoria, y el Programa 1 no se ha convocado en dieciséis meses. Lo que sí puedes pedir hoy en Andalucía es la bonificación de IBI e ICIO de tu ayuntamiento y, en la declaración, la deducción por eficiencia energética en el IRPF.

¿Alguien ha cobrado la subvención para placas solares en Andalucía?

Sí, quienes entraron en el programa que estuvo abierto hasta el 31 de diciembre de 2023: los Programas 4, 5 y 6 del Real Decreto 477/2021, financiados con fondos del Plan de Recuperación y gestionados por la Agencia Andaluza de la Energía. Aquel programa concedió y pagó expedientes; lo que se cerró fue la puerta de entrada, no los pagos. Y ya ni siquiera queda vivo el tramo posterior: el plazo de ejecución y justificación de los expedientes concedidos se prorrogó hasta el 30 de junio de 2026 por Resolución de 4 de marzo de 2025, y esa fecha también ha vencido. Estar en lista de reserva no equivale a una convocatoria abierta ni permite presentar una solicitud nueva. Si tienes un expediente en curso, quien puede decirte en qué punto está es la propia Agencia.

¿Cuánto tarda la subvención de placas solares en Andalucía?

No publicamos ningún plazo, y conviene explicar por qué en lugar de dar una cifra tranquilizadora. Primero, porque no hay convocatoria viva: sin convocatoria no hay expediente que resolver ni plazo vigente que citar. Segundo, porque no hemos verificado los tiempos medios de resolución ni de pago del programa cerrado en 2023, que además dependen de cada expediente y no de una regla general publicable. Cualquier página que te dé hoy un plazo de cobro para Andalucía está extrapolando de otra comunidad o de aquel programa. Lo que sí puede decirse es que el momento en que se conocerá ese plazo es el mismo en que aparezca la convocatoria: las bases remiten a ella tanto los módulos de coste como el procedimiento.

¿Cuánto dan de subvención por placas solares en Andalucía?

En porcentaje sí hay respuesta; en euros, no, y la diferencia no es un tecnicismo. La norma andaluza vigente fija para quien no ejerce actividad económica un incentivo base del 55 %, ampliable con un 5,0 % por reducción estimada de emisiones de CO₂ de al menos el 30 %, un 2,5 % por usos colectivos y otro 2,5 % por municipio de reto demográfico, con un máximo del 65 %. Pero el importe se calcula por «módulos por costes unitarios» cuya concreción, dicen literalmente las bases, «se establecerá en la correspondiente convocatoria». Sin convocatoria no hay módulos, así que no existe ningún euro por kilovatio andaluz que publicar. Si has leído 600 €/kWp o 490 €/kWh junto al nombre de la Junta, son las cuantías del Real Decreto 477/2021, un programa estatal cerrado el 31 de diciembre de 2023 cuya ficha sigue publicada con las cifras visibles.

¿Qué subvenciones da el Gobierno por poner placas solares?

Ninguna ayuda directa estatal abierta para una vivienda individual. Los programas del IDAE vigentes del Plan de Recuperación se dirigen a comunidades de propietarios y a proyectos de mayor escala, no a una casa unifamiliar, y las dos grandes vías anteriores están cerradas: el Real Decreto 477/2021 desde el 31 de diciembre de 2023 y el Real Decreto 1124/2021 desde el 31 de julio de 2024. Buena parte de la confusión viene de ahí: aquellos programas eran estatales pero los gestionaban las comunidades autónomas, así que se publicitaron como «ayudas de la Junta». Lo estatal que sigue vivo es fiscal, no una subvención: la deducción en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética, prorrogada por el Real Decreto-ley 7/2026 hasta el 31 de diciembre de 2026 en viviendas individuales, desarrollada en el hub de placas solares.

¿Dónde se publican las convocatorias de la Junta de Andalucía y cómo sabré si se abre alguna?

En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el BOJA, y así lo dice la propia Agencia Andaluza de la Energía cuando remite a «futuras convocatorias» de su programa INEA. Lo que hay que buscar es una resolución de convocatoria del Programa 1, no una orden de bases: las bases ya existen desde el 30 de abril de 2025 y no habilitan a presentar nada. La Agencia publica además el estado de cada programa en su listado «Todos los programas», que es donde se lee si un plazo está abierto o cerrado y desde qué día. Nosotros revisamos las dos fuentes antes de cada actualización de esta página, y la fecha de esa comprobación está arriba del todo: si el día que lees esto lleva meses sin moverse, dale menos crédito del que le darías recién verificada.

¿Me bonifican el IBI por poner placas solares en mi ciudad andaluza?

En Sevilla, Málaga, Granada y Córdoba, sí, y con condiciones bastante distintas. Córdoba aplica el 50 % de la cuota durante diez años, la más larga que hemos encontrado en España, solo para instalaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2024, en residencia habitual y con empadronamiento. Sevilla, el 50 % durante los tres periodos impositivos siguientes a la puesta en funcionamiento. Granada, el 50 % el año siguiente a la instalación, excepto en viviendas de nueva construcción. Y Málaga, el 15 % con un máximo de tres años y un tope anual del 33 % del coste. Ojo al calendario, porque no es el mismo en las cuatro: Sevilla y Granada se piden hasta el 1 de marzo, Málaga cierra el 1 de febrero, y Córdoba no fija fecha anual —su ordenanza admite la solicitud en cualquier momento antes de que concluyan los diez periodos, aunque solo surte efecto desde el ejercicio siguiente a aquel en que se pida, así que retrasarla cuesta años de bonificación—. Solo hemos leído las ordenanzas de estas cuatro capitales, así que no afirmamos nada sobre Almería, Cádiz, Huelva o Jaén ni sobre los municipios no capitales: consúltalo en la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento. El detalle municipal de dos de ellas está en placas solares en Sevilla y placas solares en Granada.

¿Por qué tantas páginas dicen que Andalucía tiene ayudas abiertas?

Porque hay dos afirmaciones ciertas que juntas engañan. La primera: la Agencia Andaluza de la Energía tiene convocatorias abiertas, lo cual es verdad, aunque sean de sector empresarial, cadenas de valor industrial y espacios productivos. La segunda: Andalucía tiene aprobada una norma que subvenciona la fotovoltaica en viviendas hasta el 65 %, también verdad, aunque no esté convocada. Encadenando las dos sale un titular impecable y un lector convencido de que puede pedir algo. A eso se suma un detalle mecánico: la ficha del programa cerrado en 2023 sigue en línea con sus cuantías bien visibles y ocupa el primer resultado de esta búsqueda, así que quien copia está leyendo una página oficial y verdadera a la que solo le falta la fecha. Lo medimos sobre el contenido real de las diez páginas mejor posicionadas: solo dos dan la fecha oficial de cierre, dos de los siete competidores privados siguen anunciando los fondos Next Generation como vía por la que pedir dinero, y ocho no llevan fecha de actualización visible. Contamos dos y no cuatro a propósito: el sello NextGenerationEU aparece también en las dos fichas de la Agencia, pero ahí solo dice con qué fondos se pagó aquel programa, no que se pueda solicitar hoy.

Compara presupuestos de placas solares

Dos minutos, sin compromiso. Te lo comparamos con claridad.

¿Qué solución te interesa?

Puedes elegir más de una.

Compara presupuestos de placas solares