A 10 de septiembre de 2026 no hay en Cataluña ninguna convocatoria autonómica abierta para poner placas solares en una vivienda particular. Lo dice el propio ICAEN en su ficha: «termini de sol·licitud tancat».
El problema no es ese. El problema es que las páginas oficiales que Google sigue devolviendo describen programas muertos sin decirlo — la nota institucional de las ayudas a baterías que aparece al buscar es de agosto de 2017, y su única convocatoria cerró en enero de 2019.
Esta página separa lo que se acabó, lo que nunca fue para ti y lo poco que sí puedes usar hoy, con la fecha en que se comprobó cada cosa.
Última actualización: 10 de septiembre de 2026
No. El programa catalán de incentivos al autoconsumo y al almacenamiento tiene el plazo cerrado desde el 31 de diciembre de 2023, y lo dice el propio Institut Català d'Energia en su página.
La ficha del ICAEN es explícita: «Tramiteu (termini de sol·licitud tancat)», con el plazo que iba «des de l'endemà de la publicació de la convocatòria i fins al 31 de desembre de 2023». La dotación fue de 114.988.848 € para Cataluña repartidos entre los seis programas de incentivos — un dinero enorme, repartido y terminado.
El listón que aplicamos para decir «abierta» es el mismo en las seis comunidades de este trabajo: convocatoria de la Generalitat, plazo vivo a día de hoy, que el objeto sea una instalación fotovoltaica y que el solicitante pueda ser alguien sin negocio. Ninguna de las catalanas lo pasa. Un competidor del Top 10 titula «3 Ayudas para placas solares en Cataluña»; ninguna de las tres aguanta ese listón.

Al buscar ayudas catalanas aparece una nota oficial de la Generalitat anunciando subvenciones para comprar baterías. Es de agosto de 2017, y su única convocatoria cerró el 15 de enero de 2019.
Merece la pena verlo con las fechas delante, porque es el caso más claro de todo este trabajo. Las bases se aprobaron por la Resolució EMC/1865/2017, de 24 de julio, publicada en el DOGC núm. 7424 del 1 de agosto de 2017. La convocatoria llegó con la Resolució EMC/2935/2018 y su plazo fue, según el propio trámite de la Generalitat, «del 18/12/2018 al 15/01/2019».
Y no era una ayuda menor: cubría hasta el 70 % del coste de la batería con un máximo de 5.000 € por instalación, y sus beneficiarios eran personas físicas sin actividad económica y comunidades de propietarios. Era excelente. Lleva siete años terminada.
Lo contamos sin reproche, porque explica algo útil: si una nota de prensa institucional de hace nueve años sigue apareciendo en una búsqueda de 2026, el problema no se arregla desde fuera. La única defensa razonable es que cada página diga en qué fecha comprobó cada cosa — que es lo que hace esta.

Hay convocatorias catalanas de rehabilitación con plazo vivo, pero ninguna es una ayuda al autoconsumo y todas tienen restricciones fuertes. Conviene saber qué son antes de que alguien te las venda como lo que no son.
La Agència de l'Habitatge de Catalunya mantiene dos líneas de rehabilitación con plazo: una de viviendas para fomentar el arraigo y la repoblación en entornos rurales, y otra de obras de adecuación interior para personas mayores. Ni una ni otra financian una instalación fotovoltaica como tal.
El caso que más se presta a confusión es el del Consorci de l'Habitatge de Barcelona, con una convocatoria de rehabilitación y mejora de viviendas en la ciudad abierta hasta el 31 de diciembre de 2026, dotada con 6.000.000 € y dirigida a personas físicas sin actividad económica. Su Programa A es de rehabilitación energética y exige reducir la demanda de calefacción y refrigeración al menos un 7 % o el consumo de energía primaria no renovable al menos un 30 %.
Leímos su texto, y esto es lo que hay: no menciona ni una sola vez las palabras «fotovoltaica», «solar» ni «autoconsumo». Sí contempla la «instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables», de modo que en teoría una fotovoltaica podría formar parte de un paquete que alcance ese 30 % — pero la convocatoria no la reconoce como actuación propia, y presentarla como una ayuda a las placas sería falso. Además es municipal y consorcial, no autonómica.
Hay una convocatoria catalana que aparece en cualquier búsqueda automática de «solar» y que va de parcelas edificables, no de energía. Es el ejemplo perfecto de por qué no nos fiamos de las fichas de registro.
Su objeto es la promoción de viviendas de protección oficial en suelos inscritos en la reserva pública de solares, en el sentido de terrenos. Cualquier vigilancia automática que busque la palabra la recoge como si fuera una ayuda a la energía solar.
Lo mencionamos porque explica el método de esta página, que no es una manía: el estado de una convocatoria no se decide por su ficha en el registro estatal ni por su título, sino leyendo su texto en la sede del organismo que la convoca. En cinco territorios de España el campo «abierto» de ese registro da por vivas convocatorias cerradas hace años.
Cataluña es la única comunidad de este lote cuyo organismo de energía publica un buscador de municipios con bonificación de IBI por autoconsumo. Es útil, y conviene usarlo sabiendo de dónde salen sus datos.
El ICAEN mantiene una página con mapa navegable para consultar municipio a municipio. La letra pequeña la declara la propia página: la información procede de «un estudio realizado por la Asociación Nacional de Autoconsumidores», no de un registro propio de la Generalitat, y remite a consultar la ordenanza para el detalle. Sirve para saber por dónde empezar a mirar, no para dar por buena una cifra.
Y aquí tenemos que decir lo que no hemos podido verificar, porque en las otras comunidades de este trabajo sí lo hicimos. No hemos leído la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Barcelona, así que esta página no publica el porcentaje ni la duración de su bonificación de IBI. Varias páginas del sector dan «50 % durante 3 años»; puede ser correcto, pero no lo hemos comprobado en la fuente municipal y no lo vamos a repetir por repetirlo.
Lo que sí es verificable y vale para cualquier municipio catalán: el máximo legal de la bonificación del IBI por instalaciones de aprovechamiento de la energía solar es el 50 % de la cuota íntegra, y lo fija el artículo 74.5 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Dentro de ese techo, cada ayuntamiento decide su porcentaje y sus años en su propia ordenanza.

Sin convocatoria autonómica, a un catalán le quedan dos vías reales: la deducción estatal del IRPF y la bonificación municipal de su ayuntamiento. Ninguna de las dos depende de que se abra ningún plazo.
La deducción estatal por obras de mejora de la eficiencia energética va del 20 % al 60 % según el ahorro que se certifique, y exige certificado energético antes y después de la obra. No es automática ni la da cualquier instalación: hay que acreditar el salto.
La bonificación municipal es la otra, y es donde el buscador del ICAEN te ahorra tiempo. Compruébala antes de firmar el presupuesto, porque en muchos municipios hay que solicitarla en un plazo concreto ligado a la fecha de instalación — y fuera de ese plazo se pierde aunque tengas derecho.
Y una nota honesta sobre el futuro: no hay ningún anuncio oficial de una convocatoria catalana nueva. A diferencia de la Comunitat Valenciana, donde la Generalitat sí anunció una línea propia para 2026, aquí no hemos encontrado nada que permita decirte «espera a». Quien te dé una fecha está adivinando.
Rellenas un único formulario, los instaladores de tu zona preparan su presupuesto sin tener tu teléfono, y solo el que elijas acaba recibiendo tu contacto.
Lo normal cuando dejas tu número en tres webs es que lo primero que llegue sean tres llamadas y lo último, si llega, una cifra. Aquí el orden está invertido a propósito: las ofertas llegan comparadas, y el contacto se libera al final y solo al ganador.
Lo que no vamos a hacer es decirte cuál es «la mejor empresa» de tu zona. Sin ver tu vivienda, un ranking así es una opinión con un patrocinador detrás; lo útil es que compares ofertas reales hechas sobre tus mismos datos.
Un solo formulario con los datos de tu vivienda y lo que quieres hacer. No hay que repetirlo en cada web.
Reciben lo que necesitan para presupuestar, pero no tu teléfono ni tu email. Suben su propuesta a la plataforma.
Un único correo con un enlace propio, y las propuestas unas al lado de otras en vez de sueltas y en tres formatos distintos.
El instalador que elijas recibe tu contacto. Los que no elijas no lo reciben en ningún momento.
Enaro no instala ni tramita ayudas: reúne presupuestos de instaladores para que puedas compararlos con el mismo criterio y sin llamadas.
Aquí la comparación pesa más de lo habitual, y por un motivo aritmético: la deducción estatal se calcula sobre lo que pagas y la bonificación del IBI depende de tu recibo, así que ninguna de las dos premia ni castiga que elijas un instalador caro. Todo lo que rebajes del presupuesto te lo quedas íntegro.
Describes tu vivienda y tu consumo una vez, los instaladores de tu zona suben su oferta, y decides sobre una tabla con precio, alcance y plazo. El contacto solo viaja cuando has elegido.
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No para un particular que quiera poner placas en su vivienda. La ficha del propio ICAEN marca el trámite como «termini de sol·licitud tancat» y sitúa el fin del plazo el 31 de diciembre de 2023. El aviso que sigue publicando sobre demoras en resolver se refiere a expedientes presentados entonces, no a solicitudes nuevas.
No. Esa nota es de agosto de 2017 y su única convocatoria tuvo plazo del 18 de diciembre de 2018 al 15 de enero de 2019. Cubría hasta el 70 % del coste de la batería con un máximo de 5.000 €, y lleva siete años cerrada. Sigue apareciendo en las búsquedas porque la página oficial nunca se retiró.
Existe y está abierta hasta el 31 de diciembre de 2026, con 6 millones de euros y dirigida a personas físicas sin actividad económica, pero es de rehabilitación de vivienda, no de autoconsumo. Leímos su texto y no menciona «fotovoltaica», «solar» ni «autoconsumo» en ningún momento. Su Programa A exige reducir la demanda de calefacción y refrigeración un 7 % o el consumo de energía primaria no renovable un 30 %, y una instalación solar podría contar dentro de un paquete que alcance ese ahorro — pero no es una ayuda a las placas y no la presentamos como tal.
No lo publicamos porque no hemos leído la ordenanza fiscal de Barcelona. Lo que sí está verificado es el techo legal: el artículo 74.5 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales permite hasta el 50 % de la cuota íntegra, y cada ayuntamiento fija dentro de ese máximo su porcentaje y sus años. El ICAEN mantiene un buscador de municipios con bonificación que es el mejor punto de partida, con la advertencia de que sus datos proceden de un estudio de la Asociación Nacional de Autoconsumidores.
No hay ninguna anunciada. A diferencia de la Comunitat Valenciana, donde la Generalitat comunicó en noviembre de 2025 una línea propia para 2026, en Cataluña no hemos encontrado ningún anuncio oficial que permita marcar una fecha. Esperar sin fecha tiene un coste cierto —los meses de factura que no ahorras— frente a un beneficio incierto.
Dos cosas, y ninguna depende de que se abra un plazo: la deducción estatal del IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética, del 20 % al 60 % según el ahorro que certifiques con certificado energético antes y después; y la bonificación de IBI de tu ayuntamiento, si lo tiene. Comprueba la segunda antes de firmar: en muchos municipios hay que pedirla en un plazo ligado a la fecha de instalación.
Porque no damos por abierta una convocatoria por su ficha en el registro estatal ni por su título, sino leyendo su texto en la sede del organismo que la convoca. En cinco territorios de España ese registro mantiene como abiertas convocatorias cerradas hace años, y en Cataluña hay además una convocatoria sobre «solares» —parcelas edificables— que cualquier búsqueda automática confunde con energía solar.
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