A 10 de septiembre de 2026 no hay ninguna convocatoria autonómica valenciana abierta para poner placas solares en una vivienda particular. Ninguna.
Pero eso no significa que no tengas nada, y aquí está la diferencia con casi todas las demás comunidades: la Comunitat Valenciana mantiene una deducción en el IRPF del 40 % de lo invertido en vivienda habitual, sobre una base de hasta 8.800 € por vivienda y año. No es una subvención, así que casi nadie la pone la primera — y es lo mejor que hay hoy sobre la mesa.
Hay además una convocatoria anunciada. La Generalitat comunicó el 28 de noviembre de 2025 que lanzaría en 2026 una línea autonómica nueva con fondos propios. Nueve meses después no se ha convocado, y esta página explica por qué eso importa para decidir si esperas o instalas.
Última actualización: 10 de septiembre de 2026
No. A 10 de septiembre de 2026 ninguna convocatoria autonómica valenciana admite solicitudes para instalar placas solares en una vivienda particular, ni del IVACE ni de ninguna otra conselleria.
Merece la pena precisar la palabra «abierta», porque cada página del sector la usa a su manera. Para nosotros exige cuatro cosas a la vez: que la convoque la Generalitat Valenciana, que el plazo de solicitud siga vivo hoy, que lo que financie sea una instalación fotovoltaica y que puedas pedirla sin ser empresa ni autónomo. Con esa definición, en esta comunidad hoy no hay nada — y lo hemos comprobado en la sede electrónica de la propia Generalitat, no en la ficha del registro estatal, que en cinco territorios de España da por abiertas convocatorias que llevan años cerradas.
El último programa que sí llegó al particular fue el del RD 477/2021, gestionado por el IVACE con fondos Next Generation. Su plazo venció el 31 de diciembre de 2023.
Lo que sigue abierto en el IVACE es una convocatoria de eficiencia energética (nº 914587, hasta el 29 de octubre de 2026, 2.520.000 €), pero sus beneficiarios son gran empresa, personas jurídicas y personas físicas con actividad económica. No es una ayuda para el particular que quiere poner placas en su casa, y presentarla como tal sería el error clásico del sector.

El 28 de noviembre de 2025 la Generalitat anunció una línea autonómica nueva de ayudas al autoconsumo residencial para 2026, financiada íntegramente con fondos propios. A 10 de septiembre de 2026 no se ha publicado su convocatoria.
El anuncio fue explícito en a quién iba dirigida: a las familias que se quedaron fuera del Programa 4 de incentivos al autoconsumo cuando se agotaron los fondos europeos. En esa misma nota la Generalitat cifraba en más de 86 millones de euros lo repartido por ese programa y en unos 20.000 los hogares beneficiados — es decir, reconocía que la demanda superó al presupuesto.
Y aquí hay una distinción que vale dinero y que conviene tener clara, porque es la misma que ya cuesta disgustos en otras comunidades: un anuncio no es una convocatoria. Una nota de prensa dice una intención; una convocatoria publicada en el DOGV abre un plazo, fija unas bases y permite presentar una solicitud. Sin lo segundo no hay nada que pedir, por muy oficial que sea lo primero.
¿Qué hacer con eso? Depende de tu prisa, y la respuesta honesta es que nadie puede darte una fecha. Si tu instalación no corre, vigilar el DOGV unos meses tiene sentido. Si vas a instalar igualmente, la deducción del IRPF de la sección siguiente te la llevas ahora y no depende de ninguna convocatoria — y en la mayoría de los casos vale más que esperar sin fecha.
La Comunitat Valenciana deduce el 40 % de lo invertido en instalaciones de autoconsumo en la vivienda habitual, y el 20 % en segundas residencias, con una base máxima de 8.800 € por vivienda y ejercicio.
Es, con diferencia, la palanca más potente que tiene hoy un valenciano, y está por debajo del radar precisamente porque no se llama subvención: no hay convocatoria que agotar ni cola en la que ponerse. Se aplica en la declaración de la renta del ejercicio en que se hace la inversión.
Las instalaciones con derecho a ella están tasadas, y la lista es corta: «Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 24/2013»; «Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica o eólica»; e «Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica». Una fotovoltaica residencial encaja de lleno en las dos primeras.
Dos requisitos que tumban deducciones por descuido. La vivienda tiene que estar «situada en el territorio de la Comunitat Valenciana», y el pago debe hacerse «mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito»: pagar en efectivo deja la inversión fuera, por mucho que exista la factura. Y si la cuota no te llega para absorberla entera, no se pierde — las cantidades no deducidas «podrán aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los cuatro años inmediatos y sucesivos».

El Ayuntamiento de València bonifica el 50 % del IBI durante un máximo de diez años y el 95 % del ICIO por instalar sistemas de aprovechamiento de la energía solar. La letra pequeña del IBI cambia bastante la cuenta.
El propio Ayuntamiento lo formula así: «bonificación del 50% en el IBI durante un máximo de 10 años hasta llegar al 20% del coste de la instalación», en función del valor catastral y para viviendas de edificios residenciales. Léelo dos veces, porque no son diez años garantizados: es un tope en euros. La bonificación corre hasta que la suma de lo descontado alcanza el 20 % de lo que costó la instalación, y los diez años son el máximo, no la duración.
La consecuencia práctica es la contraria de lo que parece: en una vivienda con un IBI alto el tope se alcanza pronto y la bonificación se agota antes; en una con IBI bajo dura más años pero descuenta menos cada año. En los dos casos el total es el mismo, y está fijado por lo que costó la obra, no por el impuesto.
El ICIO va aparte: «bonificaciones del 95% sobre la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) que se abona por la ejecución de sistemas para el aprovechamiento de la energía solar».
Y un aviso de alcance honesto: hemos verificado València capital. Alicante, Castelló y el resto de municipios valencianos fijan cada uno su bonificación en su propia ordenanza fiscal, dentro del máximo del 50 % de la cuota que permite la ley, y no las hemos leído.

En esta comunidad hay dos convocatorias recientes que aparecen en cualquier búsqueda y que un particular no puede usar: una porque es para ayuntamientos y otra porque ya cerró.
La primera es de autoconsumo y de este mismo año. Se llama «Ayudas destinadas al fomento de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en los municipios de la Comunidad Valenciana 2026», salió por resolución de 8 de abril y se publicó en el DOGV el 15 de abril. Sus beneficiarios son, literalmente, «Todas las entidades locales pertenecientes a la Comunitat Valenciana»: ayuntamientos, para instalaciones en edificios municipales. Y además está cerrada — el plazo fue del 16 de abril al 15 de mayo de 2026.
La segunda sí iba dirigida a particulares, y es la más cara de creerse. «Ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas» (Next Generation, convocatoria 2024-2026), con beneficiarios «Personas Propietarias, Usufructuarias o Arrendatarias de viviendas» y una cuantía del «40% del coste de la actuación» con «límite de 3.000€». Cerró el 27 de febrero de 2026 y su 40 % sigue circulando por blogs del sector como si estuviera vivo.
Un matiz técnico sobre esa segunda, por si vuelve en otra edición: su objeto no era el equipo sino el resultado. Exigía «reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7%» o «reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%», y no nombraba ni la fotovoltaica ni la aerotermia. Entraban, en su caso, como medio para alcanzar ese ahorro —acreditado con certificado energético antes y después—, no como actuación subvencionable por sí mismas.
La segunda página que Google devuelve para esta búsqueda es de la propia Generalitat y describe la convocatoria de 2022. No es un blog desactualizado: es la administración con una página que nadie ha retirado.
Esa ficha corresponde a las ayudas del RD 477/2021 «para el ejercicio 2022» y muestra incluso sus estadísticas de tramitación: 48.256 solicitudes recibidas. Para quien llega desde el buscador en 2026, todo en ella sugiere un programa en marcha — el dominio es oficial, el contenido es real y las cifras son enormes. Lo único que falta es un aviso de que el plazo terminó hace casi tres años.
No lo contamos como reproche. Lo contamos porque explica por qué tantas páginas del sector siguen equivocadas en esta comunidad: quien copia de la fuente que parece más fiable copia también su desactualización. Es el mismo patrón que hemos verificado en Cataluña, donde la nota oficial de unas ayudas de baterías de 2017 sigue apareciendo en búsquedas de 2026, y en Madrid, cuya comunidad rankea con un programa cerrado en julio de 2024.
Por eso esta página lleva la fecha de verificación arriba y dice en qué fuente se comprobó cada cosa. Es la única defensa razonable contra un problema que no se puede arreglar desde fuera.
Rellenas un único formulario, los instaladores de tu zona preparan su presupuesto sin tener tu teléfono, y solo el que elijas acaba recibiendo tu contacto.
Lo normal cuando dejas tu número en tres webs es que lo primero que llegue sean tres llamadas y lo último, si llega, una cifra. Aquí el orden está invertido a propósito: las ofertas llegan comparadas, y el contacto se libera al final y solo al ganador.
Lo que no vamos a hacer es decirte cuál es «la mejor empresa» de tu zona. Sin ver tu vivienda, un ranking así es una opinión con un patrocinador detrás; lo útil es que compares ofertas reales hechas sobre tus mismos datos.
Un solo formulario con los datos de tu vivienda y lo que quieres hacer. No hay que repetirlo en cada web.
Reciben lo que necesitan para presupuestar, pero no tu teléfono ni tu email. Suben su propuesta a la plataforma.
Un único correo con un enlace propio, y las propuestas unas al lado de otras en vez de sueltas y en tres formatos distintos.
El instalador que elijas recibe tu contacto. Los que no elijas no lo reciben en ningún momento.
Enaro no instala ni tramita ayudas: reúne presupuestos de instaladores para que puedas compararlos con el mismo criterio y sin llamadas.
Aquí la comparación importa más que en una comunidad con subvención abierta, y por un motivo concreto: sin convocatoria que reparta dinero, lo único que mueve de verdad el coste final de tu instalación es el precio al que te la haga el instalador, y la deducción del 40 % se aplica igual sea cual sea ese precio. Cada euro que ahorres en el presupuesto es un euro entero tuyo.
Describes tu vivienda y tu consumo una sola vez, los instaladores de tu zona suben su oferta, y tú decides sobre una tabla con precio, alcance y plazo. El contacto solo viaja cuando has elegido.
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El 40 % de lo invertido si es tu vivienda habitual y el 20 % si es una segunda residencia, sobre una base máxima de 8.800 € por vivienda y ejercicio. Con una instalación de 6.000 €, la deducción sería de 2.400 €. Si tu cuota no da para absorberla entera, el resto se puede aplicar en los cuatro ejercicios siguientes.
No. La norma exige que el pago se haga «mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito». Un pago en efectivo deja esa inversión fuera de la deducción aunque tengas la factura, y es uno de los descuidos que más caro salen.
No hay fecha oficial. La Generalitat la anunció el 28 de noviembre de 2025 para 2026, con fondos propios y dirigida a las familias que se quedaron fuera del Programa 4 al agotarse los fondos europeos, pero a 10 de septiembre de 2026 no se ha publicado ninguna convocatoria. Un anuncio fija una intención; solo una convocatoria en el DOGV abre plazo. Quien te dé una fecha está adivinando.
Depende de tu prisa, y no podemos decidirlo por ti sin saber tu caso. Lo que sí se puede decir con datos: la deducción del 40 % la tienes hoy y no depende de ninguna convocatoria, mientras que la línea anunciada lleva más de nueve meses sin publicarse y no tiene fecha. Si tu instalación no corre, vigilar el DOGV tiene sentido; si vas a instalar igualmente, esperar sin fecha suele costar más de lo que ahorra.
No. El Ayuntamiento la formula como «50% en el IBI durante un máximo de 10 años hasta llegar al 20% del coste de la instalación»: es un tope en euros, no una duración garantizada. La bonificación se acaba cuando lo descontado alcanza el 20 % de lo que costó la obra, y los diez años son el límite máximo. Con un IBI alto se agota antes; con uno bajo dura más años pero descuenta menos cada uno.
La deducción del IRPF es autonómica y te vale igual: el requisito es que la vivienda esté en el territorio de la Comunitat Valenciana. Lo que cambia son las bonificaciones municipales de IBI e ICIO, que fija cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal dentro del máximo del 50 % de la cuota que permite la ley. Aquí hemos verificado las de València capital; las de tu municipio hay que mirarlas en su ordenanza.
La convocatoria de eficiencia energética del IVACE que sigue viva hasta el 29 de octubre de 2026 tiene como beneficiarios a gran empresa, personas jurídicas y personas físicas con actividad económica. Si eres un particular sin negocio, no encajas. Es exactamente el tipo de programa que se presenta como «ayuda a las placas solares en Valencia» sin serlo.
Cada tres meses como mínimo, y antes si se publica la convocatoria anunciada — que es justo el hecho que la invalidaría de golpe. La fecha de la última comprobación está arriba, y en cada afirmación decimos en qué fuente oficial se verificó.
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