El autoconsumo fotovoltaico genera electricidad en tu propia vivienda a partir de la luz solar, reduciendo lo que compras a la red. En Jaén, con Enaro comparas presupuestos reales de varios instaladores de tu zona en un solo sitio, sin coste ni compromiso.
Pedir presupuesto de placas solares en JaénÚltima actualización: 8 de septiembre de 2026
Una instalación residencial de 3 a 4 kWp en Jaén sale por algo situado entre 4.000 € y 7.300 €. Es la banda en la que se solapan las dos únicas fuentes con página propia de esta ciudad, consultadas el 8 de septiembre de 2026.
Conviene empezar por lo que este número tiene de flojo, porque en otras ciudades hemos podido apoyarlo mejor. Ninguna de esas dos fuentes es un instalador con domicilio verificable en la provincia: una es una ingeniería de ámbito nacional y la otra declara operar en toda España y publica sólo un correo de contacto. En Madrid, Valencia, Granada o Sevilla el rango se apoyaba en alguien con dirección y teléfono en la ciudad; aquí no, y preferimos decirlo a presentar la horquilla como si tuviera el mismo aval.
Para tamaños mayores, las dos apuntan a unos 10.000 €-12.000 € en instalaciones de 5 a 8 kWp. No verás aquí un baremo por potencia, aunque una de ellas lo publique con detalle: sale de una sola fuente, y una sola fuente no es una triangulación. Lo que sí conviene mirar con lupa es lo que cada una calla, y por eso la tabla de abajo dedica una columna entera a eso: sólo una declara que su cifra lleva el IVA dentro, sólo una separa la batería como partida aparte, y ninguna de las dos aclara si su precio vale para la capital o para toda la provincia.
Hay además una comprobación en negativo que merece contarse porque es exactamente el error que estuvimos a punto de cometer. La plataforma de presupuestos que en cinco ciudades anteriores nos sirvió de espina dorsal mantiene una página etiquetada de Jaén, y sus tres cifras —800 €, 5.000 € y 10.000 €— no son de Jaén: son el precio más barato, el medio y el más caro «en España», con el nombre de la ciudad puesto encima. Publicarla habría sido pasar una media nacional por dato local.
A igualdad de potencia, lo que mueve el importe final es material y muy concreto: los metros de cable que hay entre la cubierta y el cuadro, si la estructura se lastra sobre una azotea plana o se atornilla a teja, la sombra del edificio de al lado y la potencia que tengas contratada. Y hay una partida que en Jaén no se puede descontar y en casi todas las capitales que hemos leído sí: el impuesto de obras, del que se habla más abajo. El desglose nacional por partidas está en precios de placas solares; si prefieres cifras de tu caso, pide presupuesto.
| De dónde sale la cifra | Lo que publica para Jaén | Lo que sí declara | Lo que no dice |
|---|---|---|---|
| Ingeniería fotovoltaica con tabla por potencia y página propia de Jaén | De 3.200 € a más de 12.000 €, según potencia | Fecha de modificación de la página: 22/05/2026 | Si lleva IVA, si incluye batería y si incluye la mano de obra |
| Empresa del sector con tabla por tipo de vivienda y página propia de Jaén | 4.000 € – 7.000 € en 3-4 kWp; 7.000 € – 12.000 € en 5-8 kWp | «Precios orientativos en Jaén (IVA incluido)»; batería aparte (+2.500 € – 6.000 €); legalización incluida | Si el precio vale para la capital o para toda la provincia |
| Distribuidor nacional con página etiquetada de Jaén (sólo contraste) | Tabla de precio instalado por consumo: 2.500 €, 6.500 €, 8.500 € y 10.500 € | Un «desde 2.000 €» para vivienda unifamiliar | Metodología de esas cifras; no se usa para fijar el rango |

Rellenas un único formulario, los instaladores de tu zona preparan su presupuesto sin tener tu teléfono, y solo el que elijas acaba recibiendo tu contacto.
Lo normal cuando dejas tu número en tres webs es que lo primero que llegue sean tres llamadas y lo último, si llega, una cifra. Aquí el orden está invertido a propósito: las ofertas llegan comparadas, y el contacto se libera al final y solo al ganador.
Lo que no vamos a hacer es decirte cuál es «la mejor empresa» de tu zona. Sin ver tu vivienda, un ranking así es una opinión con un patrocinador detrás; lo útil es que compares ofertas reales hechas sobre tus mismos datos.
Un solo formulario con los datos de tu vivienda y lo que quieres hacer. No hay que repetirlo en cada web.
Reciben lo que necesitan para presupuestar, pero no tu teléfono ni tu email. Suben su propuesta a la plataforma.
Un único correo con un enlace propio, y las propuestas unas al lado de otras en vez de sueltas y en tres formatos distintos.
El instalador que elijas recibe tu contacto. Los que no elijas no lo reciben en ningún momento.
En «placas solares Jaén» hay seis fichas de Google Maps repartidas en dos bloques, y el primer resultado que no es un negocio del mapa aparece en quinta posición de la página.
Lo peculiar no es el número sino el reparto. Tres fichas ocupan la franja de arriba, por delante de todo lo demás; las otras tres reaparecen a media página, intercaladas entre resultados, justo cuando parecía que el listado de empresas había terminado. Conviene ser claros con lo que eso implica para esta página: Enaro no tiene oficina ni ficha de Maps en la provincia, y no piensa inventarse ninguna. En cambio sí se puede describir al lector que ha llegado hasta esta línea — ha ignorado media docena de teléfonos y ha seguido bajando. No anda buscando a quién telefonear, anda buscando contra qué contrastar.
La segunda peculiaridad es geográfica y conviene tenerla presente al pedir. Esta búsqueda funciona de hecho como provincial: ninguna variante municipal tiene volumen propio medible —lo comprobamos con Linares, Andújar, Úbeda, Baeza y Martos— y esas 260 consultas al mes absorben la demanda de toda la provincia, aunque las fichas del mapa sean de la capital. La consecuencia práctica es que el trámite y los impuestos de los que habla esta página son los del Ayuntamiento de Jaén, y cambian en cuanto cruzas a otro municipio. No prometemos cobertura de instaladores en ningún punto concreto: eso todavía no está validado.
Conviene pedir con una potencia orientativa ya en la cabeza: sin ella, dos propuestas que no cubren lo mismo parecen equivalentes. Ese primer dimensionado lo hace la calculadora de placas solares partiendo de la irradiación de tus coordenadas y dejando a la vista cada supuesto que usa. Una vez tengas el número, pide tu presupuesto. Para el otro trabajo —descartar empresas antes de firmar nada— el criterio está en qué puedes comprobar tú de un instalador.
Las plantas fotovoltaicas de las que hablan las noticias en Jaén ocupan parcelas agrarias y se tramitan con declaración de utilidad pública, la puerta a la expropiación forzosa. Una instalación en la cubierta de tu casa no pasa por nada de eso.
Si has llegado aquí después de leer que las placas solares están arrasando el olivar de la provincia, esta sección es para ti, y no la encontrarás en ninguna otra página de las diez mejor situadas para esta búsqueda. Lo hemos contado: de los siete competidores comerciales del Top 10, cero mencionan el asunto. El único que lo trata es un reportaje de Xataka que ocupa la quinta posición orgánica, y ese reportaje —lo hemos leído entero— no distingue en ningún momento entre una planta sobre suelo agrícola y el autoconsumo de una vivienda. Google, además, sugiere «Placas solares Jaén olivos» entre las búsquedas relacionadas de esta misma consulta comercial: es decir, trata las dos cosas como parte de la misma duda, y nadie que venda instalaciones se molesta en separarlas.
El expediente que sirve para separarlas no es una nota de prensa. El 7 de julio de 2026, el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén publicó el edicto 2026/2950: la Delegación Territorial de la Junta en Jaén somete a información pública la autorización administrativa previa, la de construcción y la declaración de utilidad pública de la Planta Solar Fotovoltaica Marmolejo Solar, en el término municipal de Lopera. El anuncio declara 37,43 MWp en módulos y 32,4 MW nominales en inversores, 60.372 módulos de 620 Wp, 108 inversores, subestación de 30/132 kV, almacenamiento de 29,995 MW y 175 MWh en veintiocho contenedores de baterías, y una superficie vallada de 358.826,91 m². La relación de bienes afectados detalla cinco parcelas del polígono 2 de Lopera, todas con uso declarado «Agrario», y el propio anuncio remite al artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa y al artículo 161 del Real Decreto 1955/2000. Está firmado el 17 de junio de 2026 y abrió treinta días de alegaciones.
Con esas cifras oficiales delante se puede hacer la comparación que nadie hace, y sale con números nuestros y del boletín, no de una impresión. Una instalación doméstica de nueve paneles son 4,05 kWp sobre unos 19,8 m² de tejado según las constantes con las que calcula el motor de este sitio: 4,89 m² por cada kWp. La planta de Lopera declara 358.826,91 m² vallados para 37,43 MWp: 9,59 m² por cada kWp, casi el doble de superficie por la misma potencia, porque hay que sumar pasillos entre filas, viales, vallado perimetral, subestación y los contenedores de baterías.
Y aquí está lo que de verdad importa, porque el tamaño es la parte menos interesante del asunto: la diferencia no es de escala, es de suelo. Los 19,8 m² de un tejado ya existen, están construidos y no producen nada más; las cinco parcelas de ese expediente figuran en el propio anuncio con uso agrario. Poner paneles sobre una cubierta no le quita superficie a ningún cultivo, y por eso la polémica de la Campiña Norte no dice nada sobre la instalación que tú te estés planteando.
Sobre el número de olivos, la respuesta honesta es que no hay ninguna cifra oficial y hay cuatro estimaciones que no se parecen. La de «más de 100.000» que ha circulado en titulares procede de la Plataforma Campiña Norte contra las Megaplantas Solares, que la calculó a partir de una potencia proyectada y una densidad supuesta de olivos por hectárea y la rebajó después ella misma a unos 48.227. Greenalia cifra los afectados por sus proyectos en 35.932, contados uno a uno sobre ortofotos. Y el consejero Jorge Paradela declaró que no llegarían a 13.000. Cuatro números, ninguno salido de un expediente, según la verificación que publicó Maldita.es en mayo de 2025. Lo que sí está documentado es la superficie: los proyectos de Greenalia suman 310 MW sobre 554 hectáreas de ocupación permanente y, con el de Lopera, el total ronda las 670 hectáreas en tres municipios.
Un apunte para no confundir dos proyectos con nombres casi idénticos, porque circulan mezclados: la Planta Solar Fotovoltaica Marmolejo Solar de este expediente de julio de 2026 está en Lopera y la promueve FRV Arroyadas 1, S.L.U.; el Parque Solar Fotovoltaico 30 MWp Marmolejo Solar I es de Greenalia, está en Marmolejo y Lopera y se declaró de utilidad pública en 2024. Promotores, potencias y expedientes distintos.
Conviene dejar claro dónde se para esta página. No opinamos sobre si esos proyectos deben hacerse, ni sobre las expropiaciones, ni tomamos partido entre olivareros y promotoras. No es nuestro papel y no tenemos nada que aportar ahí. Lo que sí podemos hacer, y es lo que hemos hecho, es explicar por qué eso y tu tejado son dos cosas con distinto marco jurídico, distinta escala y distinta ubicación. Los datos citados son los del boletín de esa fecha: si estás leyendo esto mucho después, el estado del trámite habrá cambiado.
| Qué se compara | Autoconsumo en la cubierta de una vivienda | La planta de Lopera del expediente de julio de 2026 |
|---|---|---|
| Superficie por kWp | 4,89 m² (9 paneles, 4,05 kWp, 19,8 m²) | 9,59 m² (37,43 MWp sobre 358.826,91 m² vallados) |
| Sobre qué suelo se pone | Una cubierta que ya está construida | Cinco parcelas del polígono 2 de Lopera, todas con uso declarado «Agrario» |
| Quién autoriza | El Ayuntamiento en lo urbanístico y la distribuidora en lo eléctrico | La Delegación Territorial de la Junta: autorización previa, de construcción y declaración de utilidad pública |
| Si puede haber expropiación | No | Sí: el anuncio remite al artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa |
| Equivalencia de esa superficie | Unas 18.123 cubiertas de 4,05 kWp cabrían en los metros vallados de la planta | En potencia, la planta equivale a unas 9.242 instalaciones domésticas de 4,05 kWp |

El Ayuntamiento de Jaén no bonifica el IBI por instalar placas solares ni bonifica el ICIO, y cobra el impuesto de obras al 4 %, el tipo máximo que permite la ley. Es la única capital andaluza cuya ordenanza hemos leído que esté en esa situación.
Esto importa más de lo que parece porque casi todo lo que circula por internet dice lo contrario. La bonificación existió y está publicada: el artículo 4º.5 de la ordenanza del IBI concedía el 50 % de la cuota íntegra a los inmuebles con sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, rogada, durante un solo periodo impositivo y condicionada a homologación (BOP nº 235 de 11 de diciembre de 2019). Muchas páginas del sector la siguen publicando como si estuviera vigente. Ya no lo está.
Y hay un detalle de tramitación que obliga a citar bien la norma, porque quien busque el texto vigente y se quede con el primero que encuentre publicará algo derogado. El Pleno aprobó inicialmente la supresión el 21 de octubre de 2024, por 14 votos frente a 12. La aprobación definitiva se publicó en el BOP nº 250 de 30 de diciembre de 2024, pero ese edicto fue revocado el 4 de febrero de 2025 al advertirse un error en la tramitación: decía que no se habían presentado reclamaciones y sí las había. Hubo que retramitarlo, y la aprobación definitiva que de verdad rige es la del BOP nº 88 de 12 de mayo de 2025. En los 105.271 caracteres de ese texto íntegro no aparece ni una sola vez «solar», ni «proveniente del sol», ni «aprovechamiento térmico», ni «fotovoltaica», ni «renovable».
Merece la pena contar por qué se suprimió, porque no fue una decisión discrecional del Ayuntamiento y contarlo mal daría una idea equivocada. El acta del Pleno lo explica: el municipio está incluido en el ámbito del artículo 39.1.a) del Real Decreto-ley 17/2014, de medidas de sostenibilidad financiera de comunidades autónomas y entidades locales, y ese régimen sólo permite reconocer los beneficios fiscales obligatorios por ley estatal y los que ya estuvieran vigentes en 2014. Una bonificación potestativa creada en 2019 no cabe ahí. En la misma tanda y por el mismo motivo se suprimieron bonificaciones potestativas del IAE, y se subió el tipo del ICIO del 3 % al 4 %.
Del ICIO conviene retener dos cosas. La primera, el tipo: el 4 % del presupuesto de ejecución material, que es el máximo del artículo 102.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004; el tipo reducido del 2 % está reservado a obra nueva y rehabilitación al amparo de un programa público de vivienda, no a una instalación solar. La segunda es una comprobación en negativo que dice más que el tipo: la palabra «bonificación» no aparece ni una vez en el articulado del ICIO de Jaén. No es que se haya excluido la solar; es que esa ordenanza no tiene régimen de bonificaciones en absoluto. Con un presupuesto de ejecución material de 6.000 € —una cantidad de ejemplo, no el recibo de nadie— salen 240 € de cuota, y aquí se pagan enteros. Sobre esa misma cuota, el 95 % que bonifica Granada la dejaría en 12 € y el 75 % de Sevilla, en 60 €. Es una comparación de bonificaciones y no de recibos finales: el tipo de gravamen de esas dos ciudades no lo hemos leído, así que su cuota de partida podría no ser la misma.
En el escalón autonómico tampoco hay nada que solicitar, y esto rige igual en las ocho provincias: no es una particularidad jiennense. Ninguna convocatoria abierta hoy para autoconsumo fotovoltaico en vivienda particular; las bases del programa INEA salieron por Orden de 24 de abril de 2025 y su tipo 1.3 llegaría a pagar entre el 55 % y el 65 %, pero nunca se han llegado a convocar. Un matiz que sí es local: la capital tampoco entraría en el incremento del 2,5 % por municipio de reto demográfico que contempla esa orden, porque está reservado a municipios de hasta 5.000 habitantes y a los no urbanos de hasta 20.000. El desarrollo completo, fechado, está en ayudas para placas solares en Andalucía.
Queda, eso sí, la deducción estatal del IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en vivienda. De ésa no damos porcentaje, y no por pereza: sus requisitos y plazos se han movido bastantes veces como para que un número suelto en una web envejezca mal y confunda más de lo que ayuda. El único número fiable es el que la Agencia Tributaria publique para el ejercicio concreto que vayas a declarar.
| Municipio | Bonificación del IBI por energía solar | Bonificación del ICIO | Tipo del ICIO |
|---|---|---|---|
| Jaén | Ninguna (suprimida en 2024) | Ninguna | 4 % |
| Granada | 50 % durante un periodo impositivo | 95 % | — |
| Sevilla | 50 % durante tres periodos impositivos | 75 % | — |
| Córdoba | 50 % durante diez periodos impositivos | 95 % | — |
| Málaga | 15 % durante tres periodos impositivos | 95 % | — |
| Murcia | Ninguna | 50 % | 4 % |
Jaén recibe 2.123,16 kWh/m² al año sobre un plano inclinado a 35° y encarado al sur, según PVGIS. Es menos que Granada y menos que Sevilla, las otras dos ciudades andaluzas medidas con la misma receta.
Cuesta un poco escribirlo porque desmiente la intuición de que el interior de Andalucía es siempre lo más soleado, y porque varias páginas del sector afirman lo contrario sin citar de dónde lo sacan. Pero conviene acotar el tamaño de la diferencia antes de que nadie saque conclusiones: Jaén queda un 1,83 % por debajo de Granada y un 2,55 % por debajo de Sevilla. Son márgenes marginales que no cambian la decisión de nadie, y presentarlos como un inconveniente sería tan deshonesto como esconderlos.
La cuarta columna de la tabla pide explicación, porque contiene un desmentido nuestro. PVGIS entrega un campo que junta dos pérdidas en una sola cifra, la de baja irradiancia y la de temperatura del módulo, y no las desglosa. Cuando construimos la página de Sevilla apuntamos —dejando dicho que era un razonamiento y no una medición— que su pérdida más alta encajaba con estar casi a nivel del mar, mientras Granada se sitúa a 697 metros. Jaén rompe ese orden: está a 489 metros, doscientos por debajo de Granada, y pierde menos que ella (−8,45 % frente a −8,80 %). Con tres puntos sobre la mesa la altitud ya no los ordena, así que no atribuimos aquí la diferencia a una causa única. Es exactamente lo que pasa cuando llega la tercera medición, y preferimos rectificar a sostener una explicación cómoda.
De horas de sol no vas a leer aquí ninguna cifra, y el motivo es literal: en la ficha oficial de la estación 5270B de AEMET, la de Jaén, la fila de horas de sol está vacía. No existe el dato. Eso no impide que circulen números: uno de los resultados mejor colocados en esta búsqueda habla de «más de 300 días de sol al año» y otro de «más de 3.000 horas», ninguno con fuente detrás. Y hay una discrepancia de más calado: una de esas páginas sostiene que en Jaén un kWp rinde 1.778,44 kWh anuales, un 8,61 % por encima de lo que devuelve PVGIS, sin decir de dónde sale y desmintiéndose a sí misma con otro dato incompatible unas líneas más abajo. Nos quedamos con el nuestro, que cualquiera puede reproducir.
Lo que esa misma ficha sí publica sirve, y retrata bien a una ciudad situada a 580 m: 8,6 °C de media en enero, 27,6 °C en julio, con las máximas de julio promediando 33,7 °C, y unas lluvias que culminan en diciembre (75 mm) y desaparecen prácticamente en julio (2 mm).
| Ciudad y altitud | Irradiación anual sobre plano a 35° sur | Producción por kWp instalado | Pérdidas por baja irradiancia y temperatura |
|---|---|---|---|
| Jaén — 489 m | 2.123,16 kWh/m² | 1.637,46 kWh | −8,45 % |
| Granada — 697 m | 2.162,68 kWh/m² | 1.664,58 kWh | −8,80 % |
| Sevilla — 21 m | 2.178,66 kWh/m² | 1.657,22 kWh | −9,67 % |
Cada kilovatio pico instalado en Jaén produce unos 1.637,46 kWh al año según PVGIS, con el 14 % de pérdidas de sistema ya restado y el relieve del entorno incluido en el cálculo.
Ese número mide rendimiento por unidad de potencia; no es la generación de tu casa. Ésa sale de multiplicarlo por los kilovatios pico que se acaben montando, y cuántos caben lo deciden tu factura eléctrica y los metros útiles del tejado. La multiplicación, sin añadirle ningún supuesto por encima: 3 kWp rondan los 4.912 kWh anuales en Jaén, los 4,05 kWp de nueve paneles unos 6.632 kWh y 5 kWp unos 8.187. La propia herramienta añade una horquilla interanual de 54,68 kWh por kWp, así que un año suelto puede quedar por encima o por debajo.
El reparto por meses apenas aparece en esta búsqueda, y es el que de verdad cambia decisiones. Lo que sí hemos comprobado uno a uno es que ninguno de los diez resultados cita la fuente de las cifras de sol que publica. En Jaén el año se estira bastante: julio rinde 165,41 kWh por kWp y noviembre, el peor mes, 107,34, así que el mínimo se queda en el 64,9 % del máximo. Puesto de otra manera, los cuatro meses de noviembre a febrero suman 442,26 kWh de los 1.637,46 del año: un 27,0 % de la producción en el 33,3 % del calendario. La instalación no se apaga en invierno, pero sí produce apreciablemente menos justo cuando la casa consume más luz artificial y más calefacción, y eso es lo que conviene tener en cuenta antes de dimensionar contra la factura de enero.
De plazo de amortización no damos un número cerrado, y conviene explicar la razón. Lo que falta para calcularlo no es un dato jiennense: es cuánta de esa energía se gasta en el mismo momento en que se produce, y eso lo fija la rutina de cada hogar —quién está en casa al mediodía, a qué hora se pone la lavadora—. Aquí se suma un segundo agujero que otras ciudades no tienen: el respaldo fiscal municipal es cero, de modo que cualquier cuenta hecha contando con una bonificación del IBI que este ayuntamiento ya retiró sale torcida. Con tus propios datos, la calculadora de placas solares enseña cada supuesto que aplica; después, pide presupuesto.
| Mes | kWh por cada kWp instalado |
|---|---|
| Enero | 112,38 |
| Febrero | 113,86 |
| Marzo | 139,07 |
| Abril | 138,46 |
| Mayo | 153,05 |
| Junio | 156,53 |
| Julio | 165,41 |
| Agosto | 164,05 |
| Septiembre | 144,28 |
| Octubre | 134,36 |
| Noviembre | 107,34 |
| Diciembre | 108,68 |

El módulo entrega corriente continua, el inversor la traduce a la que consumen los enchufes de la vivienda, y el sobrante instantáneo se va a la red para que la comercializadora lo reste en la siguiente factura.
Nada de esto cambia por vivir en Jaén, así que aquí queda lo justo para descifrar una oferta. El mecanismo se llama compensación simplificada y lo abrió el Real Decreto 244/2019 con un techo de 100 kW de generación, un límite que ninguna vivienda se acerca a rozar. No es una venta de energía: es un descuento, y el valor de cada kilovatio hora que viertes sale del contrato de luz que hayas firmado, no de la empresa que sube al tejado. De ahí que dos casas iguales con equipos iguales terminen ahorrando cifras distintas, y de ahí que sea el tramo del cálculo que nadie puede prometerte por escrito.
Lo demás está desarrollado en otras páginas y aquí sólo dejamos la puerta: la física del módulo y cuánta potencia pierde cuando se calienta, en cómo funcionan las placas solares; el itinerario administrativo con sus plazos, en instalar placas solares en casa; si la acumulación sale a cuenta —que en Jaén conviene pedir como partida separada, porque ninguna fuente de precio aclara si va incluida—, en baterías para placas solares; y la visión de conjunto, en la guía de placas solares.
Sí, por un motivo aritmético: una bomba de calor funciona con electricidad y tu cubierta la fabrica, así que climatizar con energía propia cuesta menos que climatizar con energía comprada.
En Jaén hay además un encaje de calendario que conviene mirar de cerca antes de dar por hecho el ahorro. Los cuatro meses de noviembre a febrero, que son los de más demanda de calefacción en una ciudad con 8,6 °C de media en enero, son también los de menor producción del tejado: el 27,0 % del año. La cubierta ayuda, pero no cubre el invierno por sí sola, y quien te venda lo contrario está redondeando.
Con todo, cada equipo se dimensiona por su cuenta, porque atienden problemas distintos: uno fabrica kilovatios hora y el otro reparte calor, frío y agua caliente por la casa. Si te rondan las dos cosas, la guía de aerotermia es el sitio por donde empezar; y cuando lo tengas decidido, marca ambas al pedir presupuesto, que van en la misma solicitud.
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A fecha de esta página, ninguna. No hay convocatoria autonómica abierta a la que pueda acogerse un particular para su vivienda: las bases del programa INEA salieron por Orden de 24 de abril de 2025, publicada en el BOJA nº 81 de 30 de abril, y su tipo 1.3 llegaría a pagar entre el 55 % y el 65 %, pero jamás se han convocado. Rige igual en las ocho provincias andaluzas y no es una particularidad de Jaén. Si en algún sitio ves anunciadas «ayudas activas» para placas solares en Andalucía, mira antes si esa fuente cita la convocatoria y la resolución concretas; sin las dos cosas, ese dinero no existe. Un matiz específico de la capital: Jaén tampoco podría acogerse al incremento del 2,5 % por municipio de reto demográfico que prevé esa orden, porque se reserva a municipios de hasta 5.000 habitantes y a los no urbanos de hasta 20.000. El detalle completo del marco andaluz, con la fecha en que se comprobó, vive en ayudas para placas solares en Andalucía.
Diez paneles de los que se montan hoy rondan los 4,5 kWp, así que se salen por arriba de la banda de 4.000 € a 7.300 € que publicamos aquí, que va referida a instalaciones de 3 a 4 kWp. Podemos ser más concretos, pero sólo diciendo de dónde sale: una de las dos fuentes con página propia de esta ciudad desglosa por potencia y sitúa las instalaciones de diez paneles entre 6.100 € y 7.300 €. Es una única fuente, así que no la publicamos como baremo —una sola no es una triangulación— y la damos aquí porque la pregunta es exactamente esa. Dos advertencias para comparar sin engañarse: sólo una de las dos fuentes dice que su cifra incluye el IVA, y ese tratamiento no se puede trasladar a la otra; y sólo una aparta la batería en una línea propia, así que conviene exigir siempre esa partida por separado.
Por parte del Estado existe la deducción del IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en vivienda; su porcentaje va ligado al ahorro energético que se certifique y se ha movido de un ejercicio al siguiente, así que aquí no publicamos ningún número: el bueno es el que figure en la Agencia Tributaria para el año que declares. Por parte del Ayuntamiento de Jaén no vuelve nada, y más vale saberlo antes de echar cuentas: el 50 % del IBI por energía solar que estuvo vigente hasta 2024 fue suprimido, y la ordenanza del impuesto de construcciones carece de régimen de bonificaciones. No es lo corriente entre las capitales andaluzas —Granada, Córdoba y Málaga descuentan el 95 % del ICIO y Sevilla el 75 %—, motivo de sobra para no dar por hecho aquí lo que se lee sobre otras ciudades.
No. La tuvo: el artículo 4º.5 de la ordenanza fiscal del IBI concedía el 50 % de la cuota íntegra a los inmuebles con sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, de forma rogada y durante un solo periodo impositivo, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de 11 de diciembre de 2019. El Pleno del Ayuntamiento aprobó suprimirla el 21 de octubre de 2024, y el texto vigente es el publicado en el BOP nº 88 de 12 de mayo de 2025 —no el de diciembre de 2024, que fue revocado por un error de tramitación—. En ese texto íntegro no aparece ni una sola vez la palabra «solar». No fue una decisión discrecional: el acta del Pleno explica que el municipio está en el ámbito del artículo 39.1.a) del Real Decreto-ley 17/2014, que sólo permite mantener beneficios fiscales obligatorios por ley estatal o ya vigentes en 2014, y esta bonificación se había creado en 2019. Que muchas webs del sector la sigan publicando no la devuelve a la vida.
En Jaén no está comprobado y por tanto no lo afirmamos. No aparece ninguna ficha de tramitación municipal ni norma local que hable expresamente de paneles fotovoltaicos en el casco antiguo, alrededor de la Catedral o sobre inmuebles catalogados. Lo único cerrado es que el Ayuntamiento sí tiene una ordenanza solar, titulada «Ordenanza sobre la Captación y el Aprovechamiento de la Energía Solar Térmica en Edificios»: regula solar térmica, no la fotovoltaica de autoconsumo, que es voluntaria. Y que no existe, hasta donde hemos podido buscar, ninguna ordenanza jiennense dedicada a la fotovoltaica en cubierta. Con una vivienda catalogada o en ámbito protegido, la consulta hay que hacérsela al Ayuntamiento, y antes de pedir presupuesto: cambia el trámite, cambia el plazo y cambia el papeleo que te van a exigir.
Son dos papeleos distintos y saltárselos cuesta cosas distintas. El del Ayuntamiento se paga en dinero: el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras nace igualmente, al 4 % del presupuesto de ejecución material, tipo máximo legal y aquí sin ninguna rebaja posible. El eléctrico decide si la instalación llega a funcionar como esperas, porque la legalización es la que inscribe la modalidad de autoconsumo y abre el acceso a la compensación simplificada del Real Decreto 244/2019; sin ella, lo que viertas a la red no te lo descuenta nadie. Qué vía urbanística concreta toca en Jaén no lo respondemos, porque no hay ninguna ficha municipal que nombre las instalaciones solares: es el propio Ayuntamiento quien lo decide en función del alcance de la obra.
Nada, y son dos cosas con distinto marco jurídico, distinta escala y distinta ubicación. Las plantas de las que hablan las noticias se levantan sobre parcelas agrarias y se tramitan ante la Junta de Andalucía con autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración de utilidad pública, que es la puerta a la expropiación forzosa: así consta, por ejemplo, en el edicto que el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén publicó el 7 de julio de 2026 para una planta de 37,43 MWp en Lopera, con 358.826,91 m² vallados sobre cinco parcelas de uso declarado «Agrario». Una instalación en la cubierta de una vivienda no pasa por ninguno de esos trámites y no ocupa suelo nuevo: los metros del tejado ya existen. La diferencia se puede medir además en superficie — esa planta necesita 9,59 m² por cada kWp y una cubierta doméstica, 4,89. Sobre el número de olivos afectados circulan cuatro estimaciones distintas y ninguna oficial, así que no publicamos ninguna como hecho; están detalladas más arriba con el nombre de quién firma cada una.
PVGIS calcula 1.637,46 kWh anuales por cada kilovatio pico montado en Jaén, a partir de una irradiación de 2.123,16 kWh/m² sobre plano a 35° hacia el sur, con el 14 % de pérdidas de sistema ya restado y el relieve del entorno dentro del cálculo. En potencias de las que se ven de verdad: alrededor de 4.912 kWh al año con 3 kWp, unos 6.632 con los 4,05 kWp de nueve paneles y unos 8.187 con 5 kWp. El año no es liso — julio rinde 165,41 kWh por kWp, noviembre 107,34, y el bloque de noviembre a febrero se lleva el 27,0 % de la producción anual. Desconfía de cifras más generosas sin respaldo: una de las páginas mejor colocadas para esta búsqueda publica 1.778,44 kWh por kWp, un 8,61 % más, sin citar de dónde sale y desmintiéndose con otro dato de su propio texto. Lo que acabe generando una casa concreta lo marcan la potencia instalada y el ángulo, la orientación y las sombras de ese tejado en particular, y eso se resuelve con un estudio técnico y no con una tabla.
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