El autoconsumo fotovoltaico genera electricidad en tu propia vivienda a partir de la luz solar, reduciendo lo que compras a la red. En Córdoba, con Enaro comparas presupuestos reales de varios instaladores de tu zona en un solo sitio, sin coste ni compromiso.
Pedir presupuesto de placas solares en CórdobaÚltima actualización: 8 de septiembre de 2026
Una instalación fotovoltaica para una vivienda unifamiliar en Córdoba cuesta entre 3.800 € y 8.000 €, y lo habitual para 3-4 kWp cae entre 4.200 € y 6.000 €; el tramo completo que las fuentes recogen para esa potencia, de 4.000 € a 7.000 €, está en la tabla de abajo.
Ninguna de esas cifras es nuestra. Salen de cuatro fuentes con página propia de Córdoba, leídas el 8 de septiembre de 2026: un marketplace de presupuestos que explica que sus cifras proceden de los presupuestos que pasan por su plataforma, una empresa con tabla por potencia, otra con tabla por tipo de vivienda y un comparador que muestra cuatro ofertas de seis paneles a partir de 5.100 €, 5.300 €, 5.500 € y 7.000 €. Publicamos la franja en la que las cuatro se cruzan, y no el número más bajo de la más optimista.
Lo que la cifra tiene de flojo también hay que contarlo, porque en Córdoba es más flojo que en otras capitales. Buscamos un instalador con domicilio en la ciudad que publicara precios y no apareció ninguno: un directorio lista quince empresas de renovables con dirección en Córdoba —varias en los polígonos de Las Quemadas y Tecnocórdoba—, pero las que abrimos no dan una sola cifra o directamente no cargan. Y al menos una de las cuatro tablas por potencia que sí encontramos es idéntica, cifra por cifra, a la que esa misma fuente publica para Jaén: no mide Córdoba, replica un baremo nacional con el nombre de la ciudad puesto encima. De las cuatro, el marketplace es la única que sabemos que cambia los números de una ciudad a otra, y en Córdoba los sube algo respecto a Sevilla (3.800 € – 8.000 € frente a 3.600 € – 7.000 €).
Con esa reserva, los tramos por potencia de abajo —en kWp, kilovatios pico, la potencia nominal del conjunto de paneles— tienen al menos dos fuentes cada uno y van etiquetados como orientativos. Dos avisos para leerlos: solo dos de las cuatro fuentes dicen que su precio lleva el IVA dentro, así que no lo afirmamos del rango completo, y conviene pedir el desglose en cada presupuesto; y solo una separa la batería como partida propia (entre 2.500 € y 6.000 € más), de modo que cualquier oferta que no la desglose merece una pregunta antes de compararla.
Lo que mueve el importe dentro de esa banda, en Córdoba, tiene dos particularidades. La primera es la cubierta: sobre una azotea plana la estructura se lastra, y sobre un tejado de teja se atornilla — y en las parcelas de Zona Renovada del Conjunto Histórico —las únicas donde el criterio municipal deja abierta la instalación— la ordenanza exige cubiertas de materiales cerámicos y elementos técnicos integrados bajo un plano virtual de 35°, lo que en la práctica condiciona la estructura y añade un informe de Cultura al trámite, como se explica en la sección de permisos. La segunda es fiscal y juega a favor: el impuesto de obras se paga aquí al 3,25 %, por debajo del 4 % máximo legal que aplica Jaén, y se bonifica al 95 %. Qué partidas componen ese importe, a escala nacional, lo explica la guía de precios de placas solares; para cifras sobre tu tejado concreto, pide presupuesto.
| Tamaño de la instalación | Rango orientativo en Córdoba | Cuántas fuentes lo sostienen | Qué no queda claro |
|---|---|---|---|
| 3-4 kWp (vivienda tipo, 8-10 paneles) | 4.000 € – 7.000 € | Tres de las cuatro | Una de las tres no declara IVA; dos de las tres no dicen si incluye batería |
| 5-8 kWp (chalet o consumo alto, 12-15 paneles) | 7.000 € – 12.000 € | Dos de las cuatro | Una de las dos no declara IVA ni si incluye batería; ninguna dice si vale para la capital o la provincia |
| Batería, como partida aparte | +2.500 € – 6.000 € | Una sola | No se publica como baremo: una fuente no es una triangulación |

Rellenas un único formulario, los instaladores de tu zona preparan su presupuesto sin tener tu teléfono, y solo el que elijas acaba recibiendo tu contacto.
Lo normal cuando dejas tu número en tres webs es que lo primero que llegue sean tres llamadas y lo último, si llega, una cifra. Aquí el orden está invertido a propósito: las ofertas llegan comparadas, y el contacto se libera al final y solo al ganador.
Lo que no vamos a hacer es decirte cuál es «la mejor empresa» de tu zona. Sin ver tu vivienda, un ranking así es una opinión con un patrocinador detrás; lo útil es que compares ofertas reales hechas sobre tus mismos datos.
Un solo formulario con los datos de tu vivienda y lo que quieres hacer. No hay que repetirlo en cada web.
Reciben lo que necesitan para presupuestar, pero no tu teléfono ni tu email. Suben su propuesta a la plataforma.
Un único correo con un enlace propio, y las propuestas unas al lado de otras en vez de sueltas y en tres formatos distintos.
El instalador que elijas recibe tu contacto. Los que no elijas no lo reciben en ningún momento.
Al buscar placas solares en Córdoba, Google reparte doce fichas de negocio en cuatro bloques por toda la página de resultados; solo tres van antes de la primera web orgánica.
Una ficha de Maps te dice dónde está la nave de una empresa y cuántas reseñas tiene; no te dice qué cobra ni cómo se compara su oferta con la de al lado, y en ordenador Google añade además un carrusel de directorios que promete esa comparación sin hacerla. De las diez webs orgánicas, ocho son instaladores o captadores con formulario, ninguna cita de dónde saca su precio ni su cifra de sol, y una —una plantilla provincial de una empresa granadina— publica en su página de Córdoba una tabla con las bonificaciones fiscales de Granada. Enaro no tiene ficha ni oficina en Córdoba y no va a fingir ninguna: lo que hace es poner las ofertas una al lado de otra antes de que nadie tenga tu número.
Conviene llegar con una potencia orientativa ya calculada, porque en Córdoba dos ofertas de la misma potencia pueden prometer producciones muy distintas según con qué temperatura se haya hecho la cuenta. Ese primer número lo da la calculadora de placas solares sobre la irradiación de tus coordenadas, con cada supuesto a la vista; con él delante, pide tu presupuesto. Y para descartar empresas antes de firmar, lo que se puede comprobar de cada una está en qué mirar de un instalador.
Córdoba recibe 2.184,98 kWh/m² al año sobre un plano a 35° hacia el sur según PVGIS: la irradiación más alta de las doce ciudades medidas por este sitio.
El superlativo es pequeño y conviene decir su tamaño: un 0,29 % por encima de Sevilla, un 1,03 % sobre Granada, un 2,91 % sobre Jaén, un 3,98 % sobre Madrid y un 5,39 % sobre Valencia, todas calculadas con los mismos parámetros para que la comparación signifique algo. Lo interesante viene después: con más sol que nadie, cada kWp instalado en Córdoba produce 1.661,20 kWh al año, y en Granada, que recibe un 1 % menos de sol, produce 1.664,58. La diferencia es un 0,20 % y no cambia ninguna decisión; lo que la explica sí merece dos párrafos.
PVGIS publica un campo de pérdidas que junta dos cosas en una sola cifra —la baja irradiancia y la temperatura del módulo— sin separarlas. En Córdoba ese campo marca un 9,71 %, la pérdida combinada más alta de las doce ciudades, por delante de Sevilla (9,67 %), Granada (8,80 %), Jaén (8,45 %), Valencia (8,18 %) y Madrid (7,83 %). Que la ciudad que más sol recibe sea también la que más pierde por esa vía apunta al calor como factor dominante —Córdoba está a 129 metros y Granada a 697—, y lo escribimos así, como interpretación fundamentada y no como medición: la herramienta no dice qué parte es de cada cosa.
El calor, en cambio, sí está medido. La estación de AEMET en Córdoba Aeropuerto da una media de las máximas de julio de 36,9 °C, la más alta de las cuatro capitales andaluzas que hemos consultado en la misma fuente: Sevilla 36,0, Granada 34,8, Jaén 33,7. Es un argumento de verano y no de todo el año —la media anual de Córdoba, 18,2 °C, queda por debajo de la de Sevilla, 19,2—, y así hay que leerlo. De horas de sol, esa misma ficha publica los doce valores mensuales y ningún total: sumados dan 2.903 horas, y esa suma es nuestra. Una de las páginas mejor situadas para esta búsqueda publica «3.300 horas» y «más de 2.900» en el mismo texto; nos quedamos con el dato oficial.
Se puede ir un paso más allá y cuantificar qué le pasa al panel ese mediodía de julio, con la fórmula del Pliego de Condiciones Técnicas del IDAE para instalaciones conectadas a red: la temperatura de célula es la ambiente más un término proporcional a la irradiancia que, con la temperatura nominal de operación de 45 °C que el propio pliego estima, equivale a 31,25 °C por cada 1.000 W/m². Con 36,9 °C de ambiente y 1.000 W/m² sale una célula a 68,15 °C, 43,15 °C por encima de los 25 °C a los que se mide la potencia de catálogo. Con el coeficiente de temperatura que declaran las fichas técnicas que ya hemos verificado en este sitio, entre −0,26 y −0,29 % por grado, el panel entrega en ese instante entre un 11,2 % y un 12,5 % menos de su potencia nominal. Tres límites que no se suavizan: es un cálculo instantáneo del mediodía de un día medio de julio, no una pérdida anual (la anual es el 9,71 % combinado de PVGIS, y son dos cosas distintas); usa el valor estimado del pliego para la temperatura nominal del módulo, no el de un modelo concreto; y el pliego es de 2011 y su propio coeficiente de pérdida es más pesimista que el de las fichas de 2024-2025, así que no se mezclan. La conclusión práctica es la que sostiene toda esta página: en Córdoba se dimensiona con la producción de PVGIS, nunca con potencia nominal por horas de sol.
| Ciudad y altitud | Irradiación anual a 35° sur | Producción por kWp | Pérdida combinada (PVGIS) | Máxima media de julio (AEMET) |
|---|---|---|---|---|
| Córdoba — 129 m | 2.184,98 kWh/m² | 1.661,20 kWh | −9,71 % | 36,9 °C |
| Sevilla — 21 m | 2.178,66 kWh/m² | 1.657,22 kWh | −9,67 % | 36,0 °C |
| Granada — 697 m | 2.162,68 kWh/m² | 1.664,58 kWh | −8,80 % | 34,8 °C |
| Jaén — 489 m | 2.123,16 kWh/m² | 1.637,46 kWh | −8,45 % | 33,7 °C |
Cada kWp instalado en Córdoba entrega 1.661,20 kWh anuales según PVGIS, descontado ya el 14 % de pérdidas de sistema; julio y agosto aportan el 19,9 % de esa energía.
Ese dato mide rendimiento por unidad de potencia, no lo que va a generar tu casa. Para pasar de uno a otro hay que multiplicar por los kilovatios pico que se monten, y eso lo deciden la factura y los metros útiles del tejado. Con los valores por defecto del motor de cálculo de Enaro —450 W por panel y 2,2 m² por panel—, nueve módulos suman 4,05 kWp y ocupan unos 19,8 m² de cubierta, y en Córdoba darían unos 6.728 kWh al año: 96 más que la misma cubierta en Jaén y 14 menos que en Granada. La herramienta añade una horquilla interanual de 52,74 kWh por kWp, así que un año concreto puede quedar por encima o por debajo.
El reparto por meses es lo que en Córdoba cambia decisiones, y no lo publica ninguno de los diez resultados de esta búsqueda. Julio es el mejor mes con 165,78 kWh por kWp y noviembre el peor con 112,18, así que el mínimo se queda en el 67,7 % del máximo: el año es relativamente plano. Lo particular está en cuándo cae el máximo. En la tabla de abajo, la columna de producción y la de temperatura suben a la vez: los meses en que el tejado más produce son exactamente los meses en que en Córdoba funciona el aire acondicionado, con una temperatura media de 28,0 °C en julio —la que recoge la tabla— y máximas medias de 36,9 °C ese mes y 36,5 °C en agosto. Diciembre y enero, por comparar, suman 228,38 kWh por kWp frente a los 329,90 de julio y agosto.
Esa coincidencia es una ventaja real y hay que acotarla con honestidad. Que la producción y la refrigeración coincidan en el calendario no significa que coincidan en la hora: el panel rinde al máximo al mediodía y el aire acondicionado de una vivienda suele apretar por la tarde y por la noche. Cuánto de lo producido se consume en el momento depende de la rutina de cada casa, y es la parte de la cuenta que ningún instalador puede garantizarte de antemano. Por eso aquí no damos plazo de amortización: la calculadora de placas solares lo estima con tus datos y enseña cada supuesto que aplica, y después pides presupuesto con ese número delante.
| Mes | kWh por cada kWp (PVGIS) | Horas de sol (AEMET) | Temperatura media (AEMET) |
|---|---|---|---|
| Enero | 115,61 | 174 | 9,3 °C |
| Febrero | 116,23 | 186 | 11,1 °C |
| Marzo | 141,08 | 218 | 14,4 °C |
| Abril | 141,58 | 235 | 16,0 °C |
| Mayo | 154,79 | 288 | 20,0 °C |
| Junio | 155,98 | 323 | 24,7 °C |
| Julio | 165,78 | 363 | 28,0 °C |
| Agosto | 164,12 | 336 | 28,0 °C |
| Septiembre | 147,11 | 248 | 24,2 °C |
| Octubre | 133,97 | 204 | 19,1 °C |
| Noviembre | 112,18 | 180 | 13,5 °C |
| Diciembre | 112,77 | 148 | 10,4 °C |

La «producción estimada» de una oferta en Córdoba sale de multiplicar los kWp por un rendimiento anual que depende de con qué temperatura se calculó; pide ese dato y compáralo con los 1.661 kWh por kWp de PVGIS.
La potencia que figura en la etiqueta de un panel está medida a 25 °C de célula, y al mediodía de julio en Córdoba la célula trabaja unos 43 °C por encima de eso, como se ha calculado más arriba. Una oferta que estime la producción anual multiplicando potencia nominal por horas de sol se está saltando ese detalle y dará un número más alto del que el tejado va a entregar. Lo que hay que pedir es qué herramienta se ha usado, qué porcentaje de pérdidas de sistema asume y qué coeficiente de temperatura tiene el módulo ofertado; los que hemos verificado en este sitio declaran entre −0,26 y −0,29 % por grado, y el porqué físico está en cómo funcionan las placas solares.
El resto no cambia por vivir en Córdoba, así que queda enlazado donde está desarrollado. La compensación simplificada de excedentes la abrió el Real Decreto 244/2019: no es una venta, es un descuento en la factura, y el valor de cada kilovatio hora vertido lo fija tu contrato de luz, no el instalador — las modalidades están en la guía de autoconsumo. Quién hace cada paso del papeleo y en qué plazo, en instalar placas solares en casa. Si merece la pena acumular —y en Córdoba conviene pedirla siempre como partida separada, porque solo una fuente de precio la desglosa—, en baterías para placas solares. Qué revisión conviene prever después, y qué no es obligatorio, en mantenimiento de placas solares. Y si tu tejado es el de un bloque, ten presente que la bonificación del IBI de Córdoba excluye expresamente las instalaciones en zonas comunes de las comunidades de propietarios; lo demás sobre ese caso está en placas solares en comunidades de vecinos.
En el Conjunto Histórico de Córdoba, la Gerencia de Urbanismo publica como criterio un acuerdo de 2007 que solo admite placas solares en edificios de Zona Renovada, con tres condiciones.
El documento es una certificación del Secretario de la Gerencia Municipal de Urbanismo sobre la sesión del Consejo Rector de 31 de julio de 2007 (referencia 31 de julio de 2007/16). Su punto segundo dice, literalmente, «no permitir la instalación de placas solares en los edificios del Conjunto Histórico excepto en aquellos edificios que le sea de aplicación la Ordenanza de Zona Renovada», y el tercero fija tres condiciones para esos edificios: solo pueden quedar a la intemperie los captadores y los elementos imprescindibles de la instalación; no se pueden colocar sobre las cubiertas de castilletes, escaleras, ascensores o similares; y hay que aportar un estudio del impacto sobre la edificación y el entorno con informe favorable de los técnicos municipales y de la Delegación de Cultura. Lo hemos leído en el PDF escaneado que la propia Gerencia publica hoy, 8 de septiembre de 2026, en la sección de aclaraciones de su Servicio de Licencias, junto a otras tres aclaraciones vigentes, con el título «Acuerdo sobre instalación de placas solares en edificios del Casco Histórico». Ninguna de las diez páginas mejor situadas para esta búsqueda lo cita; una menciona un mapa por colores de 2023 sin enlace; lo que la Gerencia publica hoy en su sección de aclaraciones es este acuerdo, y es lo que citamos.
«Zona Renovada» no es una calle ni un barrio: es una ordenanza del Plan Especial de Protección del Casco Histórico, y su artículo 56 la aplica a «las parcelas que, por encontrarse en zona de tipología básicamente renovada, no son objeto de normativa de especial protección». Leído al revés, que es como afecta a quien quiere instalar: en las parcelas del Conjunto Histórico con protección tipológica o monumental, el criterio no deja sitio a las placas. Y en las que sí son Zona Renovada, el mismo plan añade dos exigencias que encarecen la obra: el artículo 63.2.b obliga a resolver tejados y azoteas con modelos tradicionales y materiales cerámicos, y el artículo 23 de las condiciones generales exige que cualquier elemento técnico sobre cubierta quede integrado en su diseño y por debajo de un plano virtual de 35°. Ese es el caso que ilustra la fotografía de esta sección: una cubierta de teja de una parcela renovada del casco con los módulos siguiendo el plano del tejado, el único encaje que el criterio deja abierto, y siempre con las tres condiciones del acuerdo. El ámbito no es pequeño: el Conjunto Histórico ocupa 246,73 hectáreas desde que el Decreto 63/2003 lo amplió desde las 161 anteriores, es Patrimonio Mundial desde el 9 de mayo de 1984 por la Mezquita-Catedral y desde octubre de 1994 por todo el casco, y el plan cataloga 1.795 bienes protegidos.
Ahora los matices, que son parte del dato y no una nota al pie. El acuerdo nació en 2007 para resolver otra cosa: la obligación de instalar solar térmica para agua caliente que el Código Técnico acababa de imponer, y que la Gerencia decidió no exigir en el casco. Su punto tercero habla literalmente de «instalación solar térmica», pero el segundo dice «placas solares» sin distinguir la térmica de la fotovoltaica, y la Gerencia lo sigue publicando como criterio en 2026, siete años después del real decreto que regula el autoconsumo fotovoltaico voluntario. Es anterior al Real Decreto 244/2019 y a la ley andaluza del suelo de 2021, y no hemos encontrado ningún acuerdo posterior que lo derogue ni que lo confirme expresamente para fotovoltaica. Por eso esta página no escribe «está prohibido»: escribe que es el criterio que la Gerencia publica, y que antes de pedir presupuesto en el casco conviene una consulta previa a la Gerencia con la referencia catastral en la mano.
Fuera del Conjunto Histórico el marco es el autonómico, porque el Ayuntamiento no tiene ficha propia. La Ley 7/2021, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, somete a declaración responsable, en su artículo 138.1.b, las obras en edificaciones existentes en suelo urbano que no alteren ocupación, altura, edificabilidad ni número de viviendas —una instalación sobre la cubierta de una casa hecha—, y su artículo 6.4 declara que las instalaciones de producción renovable pueden ocupar cubiertas de edificios y se consideran compatibles con el planeamiento «sin perjuicio del régimen de protección que resulte de aplicación». Ese inciso final es la puerta por la que entra el acuerdo del casco. Lo que no hemos encontrado también cuenta: la Gerencia de Córdoba no publica, a diferencia de la de Sevilla, una ficha de tramitación de placas solares con modelo y tasas, y su catálogo de quince ordenanzas no contiene ninguna de captación solar. No inventamos ni una tasa ni un impreso: el trámite ordinario es la declaración responsable de la ley andaluza, y en el casco, la consulta previa.
Comparado con las otras dos capitales andaluzas con casco protegido que hemos documentado, el instrumento de Córdoba es de otra naturaleza. En Granada lo que manda es la ley andaluza de patrimonio y la autorización de Cultura para los entornos de la Alhambra, el Albayzín y el Sacromonte, sin un acto municipal específico sobre placas; en Sevilla, una bifurcación de trámite —declaración responsable fuera del Conjunto, licencia dentro— sin ninguna prohibición. Córdoba tiene un acuerdo municipal concreto, con fecha, número de sesión y condiciones literales, que decide antes que el trámite si la instalación cabe o no.

Córdoba bonifica el IBI al 50 % diez años y el ICIO al 95 % por placas solares; no hay convocatoria autonómica abierta ni consta ayuda provincial o municipal.
Los diez años son lo que distingue a Córdoba, y ya lo señala la página de ayudas de Andalucía al comparar las cuatro capitales; aquí hacemos la cuenta que allí no cabe. La ordenanza fiscal del IBI de 2026 fija el tipo general urbano en el 0,5081 % y concede, en su artículo 3.6.1, el 50 % de la cuota íntegra durante diez años a quien instale en su vivienda habitual un sistema de aprovechamiento solar de forma voluntaria. Con un valor catastral de 100.000 € —cifra de ejemplo, no el recibo de nadie— la cuota es de 508,10 € al año, la bonificación de 254,05 €, y en diez años suman 2.540,50 €. Hay un tope: el total bonificado no puede superar lo que la instalación te costó, descontadas las ayudas que hayas recibido, y la ordenanza te obliga a comunicarlas.
El impuesto de obras tiene dos números buenos. El tipo de gravamen es el 3,25 % del presupuesto de ejecución material, frente al 4 % —el máximo que permite la ley— que aplica Jaén; fuera de Andalucía, Murcia también está en el 4 %. Y la bonificación es del 95 % sobre la parte de cuota que corresponde al coste que la instalación solar añade a la base imponible, acreditado con un informe facultativo. Cuando la obra es solo la instalación fotovoltaica, esa parte es en la práctica la cuota entera. Sobre 6.000 € de presupuesto de ejecución material, también de ejemplo, la cuota es de 195 €, la bonificación de 185,25 € y se pagan 9,75 €. Para situarlo sin repetir la tabla regional: Granada y Málaga bonifican el mismo 95 %, Sevilla el 75 %, y en Jaén no hay nada que pedir y el tipo es el máximo legal.
Por encima del Ayuntamiento no hay nada abierto, y es mejor saberlo que hacer cuentas con ayudas caducadas que varias páginas de esta misma búsqueda siguen publicando. La Junta tiene aprobadas desde abril de 2025 las bases de un programa cuyo tramo para viviendas pagaría entre el 55 % y el 65 % con batería obligatoria, y no lo ha convocado; el programa estatal anterior cerró a nuevas solicitudes a finales de 2023 y su plazo de ejecución venció en junio de 2026; y Córdoba capital tampoco entra en el recargo del 2,5 % por reto demográfico, reservado a municipios pequeños. Hemos mirado además el registro estatal de subvenciones: entre las 224 convocatorias con términos solares o renovables registradas en España desde 2024, siete tienen órgano de Córdoba, las siete son de la Diputación —para ayuntamientos, residencias de mayores e instalaciones propias— y ninguna es del Ayuntamiento ni para particulares. Lo formulamos así: no consta, que no es lo mismo que no existe. Queda la deducción estatal del IRPF por eficiencia energética, de la que no damos aquí porcentaje ni plazo porque su vigencia se prorroga por ejercicio y vive actualizada en la guía de placas solares.
Volviendo al IBI: sus condiciones son concretas y conviene leerlas antes de dar la bonificación por hecha, porque varias dejan gente fuera:
| Concepto | Cómo se calcula (ejemplo declarado) | Importe |
|---|---|---|
| Cuota íntegra anual del IBI | 100.000 € de valor catastral × 0,5081 % | 508,10 € |
| Bonificación anual del IBI | 50 % de la cuota | 254,05 € |
| Bonificación del IBI en diez años | 254,05 € × 10, sin superar el coste neto de la instalación | 2.540,50 € |
| Cuota del ICIO | 6.000 € de presupuesto de ejecución material × 3,25 % | 195,00 € |
| Bonificación del ICIO | 95 % de la parte de cuota que añade la instalación solar | 185,25 € |
| ICIO a pagar | Cuota menos bonificación | 9,75 € |
Combinar placas solares con aerotermia en Córdoba tiene sentido sobre todo en verano: la bomba de calor refrigera con electricidad justo en los meses en que el tejado más produce.
El Código Técnico clasifica Córdoba capital como zona climática B4: la B es una severidad de invierno baja y el 4 la severidad de verano máxima de la escala. Se ve en los datos de AEMET —9,3 °C de media en enero, con mínimas medias de 3,6 °C, frente a 28,0 °C de media en julio y agosto— y se ve en el tejado: julio y agosto producen 329,90 kWh por kWp y diciembre y enero, 228,38. En una casa de Córdoba el equipo de aerotermia va a trabajar buena parte del año más como aire acondicionado que como calefacción, y esa parte es la que la instalación solar cubre mejor. En invierno el tejado ayuda menos y la bomba de calor tira más de la red; quien te venda que el uno alimenta al otro todo el año está redondeando.
Cada equipo se dimensiona por su cuenta —los paneles contra los kilovatios hora de la casa, la bomba de calor contra el calor y el frío que pierde el edificio—: la cuenta conjunta está en aerotermia con placas solares, qué hace cada uno en la guía de aerotermia, y si te interesan ambos, márcalos juntos al pedir presupuesto.
¿También te interesa la climatización eficiente? Descubre aerotermia →
A fecha de esta página, ninguna abierta para un particular. Las bases del programa autonómico se aprobaron por Orden de 24 de abril de 2025 (publicada en el BOJA número 81, el 30 de abril) y su tramo para viviendas pagaría entre el 55 % y el 65 % con batería obligatoria, pero la Junta no lo ha convocado; el programa estatal anterior dejó de admitir solicitudes el 31 de diciembre de 2023 y su plazo de ejecución venció el 30 de junio de 2026. Rige igual en las ocho provincias y no es particular de Córdoba. Si una web anuncia ayudas activas, pídele la referencia de la convocatoria y de la resolución que la abre; si no puede darlas, ese dinero no está disponible. Lo que sí está vivo en Córdoba son las bonificaciones municipales del IBI (50 % durante diez años) y del ICIO (95 %). El marco andaluz completo, con fecha de verificación, está en ayudas para placas solares en Andalucía.
Una instalación completa para vivienda unifamiliar se mueve entre 3.800 € y 8.000 €, con la banda más habitual entre 4.200 € y 6.000 € para 3-4 kWp, y de 7.000 € a 12.000 € cuando se sube a 5-8 kWp. Son las franjas en las que coinciden cuatro fuentes con página propia de Córdoba consultadas el 8 de septiembre de 2026, no la cifra más baja de ninguna. Dos avisos: ningún instalador con domicilio en la capital publica precios, así que el respaldo local es menor que en Granada o Valencia; y solo dos de las cuatro fuentes declaran IVA incluido, de modo que conviene pedir cada presupuesto con el IVA y la batería desglosados. Si preguntas por el panel suelto, el precio del módulo es una parte pequeña del total: estructura, inversor, cableado, legalización y mano de obra son el resto, y el desglose está en precios de placas solares.
Los metros de la casa no fijan el tamaño de la instalación; lo fija cuánta electricidad consumes y cuántos metros de cubierta útil tienes, y una casa de 100 m² puede gastar el doble que otra igual según quién viva y cómo climatice. Como referencia con las constantes del motor de este sitio: nueve paneles de 450 W suman 4,05 kWp y ocupan unos 19,8 m² de tejado, y en Córdoba producirían unos 6.728 kWh al año; esa instalación entra en el tramo de 3-4 kWp, que en Córdoba va de 4.000 € a 7.000 € según las fuentes trianguladas en esta página. Para pasar de la superficie al consumo y de ahí a la potencia, la calculadora de placas solares hace la cuenta con tus datos y muestra cada supuesto.
Dos bonificaciones fiscales, y las dos son municipales: el 50 % del IBI durante diez años (Ordenanza Fiscal nº 300/2026, artículo 3.6.1) para la vivienda habitual, con empadronamiento desde el día de la instalación y con tope en el coste de la instalación, y el 95 % del ICIO (Ordenanza nº 305/2026) sobre un tipo del 3,25 %. Con un valor catastral de ejemplo de 100.000 €, el IBI bonificado suma 2.540,50 € en diez años; con 6.000 € de presupuesto de ejecución material, el ICIO se queda en 9,75 €. No hay ayuda autonómica abierta, y en el registro estatal de subvenciones no consta ninguna convocatoria de la Diputación ni del Ayuntamiento de Córdoba dirigida a particulares entre 2024 y 2026: las siete registradas con órgano de Córdoba son de la Diputación para ayuntamientos y entidades. La deducción estatal del IRPF existe; su vigencia se prorroga por ejercicio, así que porcentaje y plazo están en la guía de placas solares y no aquí.
Depende de en qué parcela, y hay un criterio municipal publicado que lo decide. El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo acordó el 31 de julio de 2007 no permitir placas solares en los edificios del Conjunto Histórico salvo en los que se aplica la Ordenanza de Zona Renovada —las parcelas sin protección tipológica ni monumental, según el artículo 56 del Plan Especial—, y en esos, con tres condiciones: solo captadores y elementos imprescindibles a la intemperie, nada sobre castilletes ni cajas de escalera o ascensor, y un estudio de impacto con informe favorable de los técnicos municipales y de la Delegación de Cultura. La Gerencia lo publica hoy como aclaración vigente de su Servicio de Licencias. Matiz importante: el acuerdo nació para la solar térmica y no hemos encontrado ninguno posterior que lo confirme ni lo derogue para fotovoltaica, así que antes de pedir presupuesto en el casco haz una consulta previa a la Gerencia con tu referencia catastral. Fuera del Conjunto Histórico basta la declaración responsable de la ley andaluza del suelo.
Sí: el 50 % de la cuota íntegra durante diez años, la más larga que hemos leído en una ordenanza española. Está en el artículo 3.6.1 de la Ordenanza Fiscal nº 300 de 2026, para instalaciones voluntarias realizadas desde el 1 de enero de 2024 en la vivienda habitual, con empadronamiento desde el día de la instalación, una sola vez y para una única vivienda, y con el límite del coste de la instalación menos las ayudas recibidas. Es rogada y no tiene fecha límite anual: se pide en cualquier momento antes de agotar los diez periodos, con efectos desde el ejercicio siguiente a la solicitud. Exige licencia o autorización de la Gerencia de Urbanismo, homologación y un informe de la empresa instaladora que acredite instalación, voluntariedad y coste real. Quedan fuera las instalaciones en zonas comunes de comunidades de propietarios. Con el tipo del 0,5081 % y un valor catastral de ejemplo de 100.000 €, son 254,05 € al año y 2.540,50 € en total.
PVGIS calcula 1.661,20 kWh al año por cada kilovatio pico instalado en Córdoba, a partir de una irradiación de 2.184,98 kWh/m² sobre plano a 35° hacia el sur —la más alta de las doce ciudades que hemos medido—, descontado ya el 14 % de pérdidas de sistema. En potencias reales: unos 4.984 kWh con 3 kWp, unos 6.728 con nueve paneles (4,05 kWp) y unos 8.306 con 5 kWp. Julio es el mejor mes (165,78 kWh por kWp) y noviembre el peor (112,18); julio y agosto juntos son el 19,9 % del año. Pese a recibir más sol, Córdoba produce un 0,20 % menos por kWp que Granada, porque su pérdida combinada por temperatura del módulo y baja irradiancia según PVGIS es la mayor de las doce (9,71 %). Desconfía de cifras sin fuente en cualquier dirección: un baremo nacional de precios con página de Córdoba publica 1.820 kWh por kWp, un 9,56 % más, sin decir de dónde sale, y en el Top 10 de esta búsqueda dos páginas dan irradiaciones incompatibles entre sí, ninguna con fuente.
Lo primero es asumir que las doce fichas de Maps que Google reparte por esta búsqueda te dicen dónde está cada empresa y cuántas reseñas tiene, pero no qué cobra ni cómo se compara con la de al lado. Para eso hay dos caminos: dejar tu número en varias webs y ordenar después las llamadas, o pedirlo una vez aquí y recibir las ofertas ya comparadas, sin que ningún instalador tenga tu contacto hasta que elijas una. En Córdoba, además, hay tres preguntas que conviene hacerle a cualquier oferta antes de compararla: con qué herramienta y qué temperatura ha estimado la producción (potencia nominal por horas de sol infla el número), si el IVA y la batería van desglosados, y, si vives en el casco, si ha comprobado que tu parcela es Zona Renovada y si incluye el estudio de impacto que exige la Gerencia. Lo que se puede verificar de cada empresa está en qué mirar de un instalador.
Dos minutos, sin compromiso. Te lo comparamos con claridad.
Puedes elegir más de una.